
La temporada de verano 2023 ya comenzó y, con el correr de los primeros días de enero, muchos realizan los preparativos para disfrutar de sus vacaciones. Sin embargo, un interrogante que surge muchas veces es qué hacer con las mascotas. ¿Llevarlas de viaje? ¿Dejarlas con un familiar o amigo? ¿Pagar una guardería?
Para quienes no optan por ninguna de estas opciones y prefieren llevar a sus perros o gatos a los lugares de descanso y planean quedarse en el país y trasladarse dentro del territorio nacional, es fundamental saber cuáles son los requisitos para viajar con mascotas en Argentina, para hacerlo de forma segura y sin problemas.
¿Se necesita hacer un trámite para trasladar mascotas dentro de Argentina?
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) es el organismo oficial que está a cargo de fiscalizar y certificar los intercambios internacionales de caninos y felinos domésticos.
Para el traslado vía terrestre, acuático o aéreo de mascotas dentro de Argentina, el Senasa no posee una reglamentación específica, pero sí señala algunas documentaciones que hay que tener a la hora de viajar con perros o gatos.

¿Qué documentos hay que tener para viajar en avión con mascotas dentro de Argentina?
Los documentos que hay que tener para viajar en avión con mascotas dentro de Argentina en caso de que sean despachadas como carga para vuelos de cabotaje, que señala el Senasa son:
- Certificado de salud emitido por tu médico veterinario, con matriculación vigente. Tu veterinario, mediante el certificado de salud va a examinar a tu mascota y certificar su salud y su aptitud para emprender el traslado aéreo. Es un formulario provisto a los veterinarios por el Colegio de Veterinarios donde se encuentre registrado o bien esta declaración conste en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F).
- Certificado de Vacunación Antirrábica / Constancia de Vacunación Antirrabica en la Libreta Unica Sanitaria Canina y Felina (LUSCYF), si el perro o gato tiene tres meses o más de edad.

El Senasa señala que estos certificados deben estar listos 10 días antes del embarque, por lo que es importante no dejar los preparativos para último momento.
Por otra parte, si tu mascota tiene menos de 3 meses de edad, además de contar con estos certificados, el Senasa recomienda comunicarse con la compañía aérea para conocer su criterio al respecto, ya que hay algunas empresas que autorizan el embarque de caninos y felinos en la cabina de pasajeros.
Además, el organismo indica que para viajar de forma aérea con una mascota, lo ideal es realizar algunas consultas previas a la empresa con respecto al traslado del animal. Estas son: cuáles son las características de la jaula utilizada para el viaje; cuál es el tiempo de antelación con el que hay que presentarse para el embarque, cómo es la provisión de alimentos y agua durante el traslado, cómo manejan la seguridad de los operadores de las jaulas y cuáles son las restricciones -si es que hay- para animales braquicéfalos (con nariz chata), por razones de temperatura y condición térmica.
¿Qué documentación tener para trasladar mascotas vía terrestre dentro de Argentina?
Por otra parte, el Senasa explica que la documentación que hay que tener para trasladar mascotas vía terrestre dentro de Argentina es únicamente el Certificado o Constancia de Vacunación Antirrábica en vigencia.
Esta condición se aplica a todos los casos de traslado de animales dentro del territorio argentino, con excepción de quienes viajan hacia o desde la provincia de Tierra del Fuego vía terrestre. En ese caso, es necesario tramitar en el Senasa un Certificado Veterinario Austral.

¿Qué tener en cuenta para tener el Certificado de Vacunación Antirrábica en vigencia?
El Certificado de Vacunación Antirrábica tiene que ser confeccionado por un profesional veterinario matriculado que haya utilizado los certificados oficiales autorizados. También son válidos los certificados de vacunación antirrábica emitidos por el estado municipal, provincial o nacional con vacunas adquiridas por el Ministerio de Salud de la Nación. Este documento tiene que contener todos los datos requeridos (del propietario, del animal, de la vacuna utilizada, etcétera) y legibles.
El certificado o constancia puede ser requerido por autoridades competentes en puntos de control ubicados en el territorio nacional – incluidos barreras sanitarias, terminales fluviales, marítimas y/o aeropuertos – como también por compañías de transporte en los cuales deban ser transportados estos animales, en especial, de carácter aéreo. Pero en ningún caso puede ser retenido por ninguna autoridad de control dentro del territorio argentino. Sin embargo, se recomienda viajar con un mínimo de una fotocopia de este documento.
Por otra parte, la constancia de vacunación antirrábica podrá estar incluida en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F).
Es importante señalar que la vacunación antirrábica debe administrarse de modo obligatorio a perros y gatos con buen estado de salud a partir de los tres meses de edad y revacunarse anualmente, según lo establecido en en el documento “Guía de prevención, vigilancia y control de la rabia en la Argentina”, según resolución ministerial 1223/2018 elaborado por el Ministerio de Salud de la Nación con participación de profesionales del Senasa.

¿Qué documentación necesito si por algún motivo decido salir del país?
Si por algún motivo, durante tu viaje decidís salir del país temporariamente y cruzar a Uruguay, Chile, Brasil, Bolivia o Paraguay, por ejemplo, es necesario contar con el Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por el Senasa. Esta documentación también es necesaria para viajeros internacionales que ingresen a Argentina y que no cuenten con un pasaporte canino/felino.
Cabe señalar que los datos de la vacunación antirrábica en animales mayores de tres meses de edad se encuentran asentados en el CVI o en el Pasaporte canino / felino. “Hay que tener en en cuenta que en muchos países existen vacunas elaboradas por laboratorios que otorgan una validez a la inmunidad conferida contra la rabia de tres años.También, deberás transitar por territorio argentino amparados por cualquier otra documentación extendida por el personal del Senasa interviniente en el punto de ingreso del viajero internacional a Argentina”, explica el organismo.

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