
La Cámara de Apelaciones de General Roca ratificó un fallo de la jueza federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, quien dictó falta de mérito para once integrantes de una autodenominada comunidad mapuche, en una causa por usurpación y destrucción de un edificio de Parques Nacionales en Villa Mascardi, a 35 kilómetros de Bariloche
Las pruebas no son suficientes para procesarlos ni para sobreseerlos. Ni siquiera un informe que elaboró Gendarmería Nacional fue evidencia suficiente para revertir el fallo de la jueza Domínguez quien en octubre pasado dictaminó la falta de mérito para integrantes de una autodenominada comunidad mapuche.
El grupo identificado como Winkul Lafken Mapu usurpó, en 2017, dos predios pertenecientes a la Administración de Parques Nacionales. Desde allí avanzó a un edificio (ex hotel IOS) perteneciente al organismo nacional y a otros predios tanto públicos como privados, dando lugar al inicio de cuantiosos expedientes tanto en la Justicia federal como en el fuero común.
En relación a la usurpación del ex hotel, las pruebas que ofreció la fiscal Sylvia Little sobre las personas que ejecutaron la usurpación y los daños en la estructura edilicia, no convencieron a la magistrada, quien dictó falta de mérito. Ahora la Cámara ratificó ese fallo aunque los once involucrados seguirán inmersos en la causa madre por usurpación.

En la denuncia que radicó el entonces intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi, Damián Mujica, en julio de 2018, aseguró que “personas desconocidas habían ocupado el edificio del ex Hotel IOS en la zona de Villa Mascardi, propiedad de la Administración de Parques Nacionales, lindante a la toma” de un lote por parte de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu, a partir de principios de noviembre de 2017.
Mencionó que los atacantes dañaron los vidrios de las ventanas del piso superior del inmueble y cortaron un mástil que estaba frente al edificio.
En ese entonces, Domínguez evaluó que era imposible identificar a los actuantes debido a que cubrían sus rostros con capuchas, por lo que no resultaba posible individualizarlos.
Los jueces de Cámara Mariano Roberto Lozano y Richar Fernando Gallego decidieron, entonces, rechazar la apelación planteada por la fiscal y la querella, representada por la defensa de Parques Nacionales.
La estrategia que utilizaron los integrantes de la autodenominada comunidad mapuche – caracterizada por hechos violentos contra automovilistas, actos de vandalismo e incluso ataques a funcionarios judiciales y gubernamentales – dieron resultados ya que la fiscalía federal no logró evidencias claras para identificarlos.

Incluso un informe de Gendarmería Nacional señala a las mismas personas como presuntos responsables de la usurpación y los daños al edificio aunque, según el fallo, “no detalla el modo en que llegó a esa conclusión” argumentando la misma causal.
En otras palabras, la Cámara coincide con el argumento de la fiscal y la querella en relación a que integrantes de la comunidad Winkul Lafken Mapu repelieron la presencia de las fuerzas de seguridad, guardaparques, veedores de la Secretaría de DDHH de la Nación y de la propia Fiscal, y dañaron —destruyeron— las instalaciones de lo que era el edificio del ex Hotel IOS así como los vehículos que allí se encontraban, aunque no encontró elementos para endilgar responsabilidades individuales a los procesados: “… es preciso identificarlos en su individualidad personal con algo más que el aporte de los referenciados indicios…” describe el tribunal en su resolución.
El tribunal, con sede en General Roca, dispuso además que sea el organismo nacional el que deberá afrontar las costas del proceso judicial.
Cuatro años más tarde de la denuncia inicial, el grupo de encapuchados aún resiste en el edificio, que luce desvencijado, con inscripciones mapuches y textos de reivindicación territorial.
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