
A partir de este martes 1 de noviembre, habrá que disponer de DNI digital (tarjeta o libreta celeste) o pasaporte para viajar a los países del Mercosur y Estados asociados, ya sea por vía aérea, terrestre, marítima o fluvial por alguno de los 236 pasos habilitados para egresar del territorio argentino.
Así lo comunicó de manera oficial el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda a través de la Dirección Nacional de Migraciones y del Registro Nacional de las Personas.
Con el documento digital o tarjeta los argentinos podrán viajar a Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Quedan excluidos Surinam y Guyana, señaló el organismo en un comunicado.
Por lo tanto, a partir de mañana caducarán como instrumentos de viaje los DNI de argentinos y extranjeros que hayan sido confeccionados manualmente, es decir, aquellos que tienen tapa verde, celeste hechos a mano o bordó en el caso de extranjeros.

En caso de urgencia, las personas pueden recurrir a los centros de servicios de "Pasaporte al Instante" que puede tramitarse en el centro de documentación Renaper ubicado en la intersección de las avenidas Bullrich y Del Libertador en el barrio porteño de Palermo; en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza; en el Aeroparque Jorge Newbery; en la estación de trenes Rosario Norte; en el Aeropuerto de Mendoza y en la estación de Trenes de Alta Córdoba.
Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje, recordó el Ministerio.

Si una familia omitió hacer la autorización para salida del país de menores de edad, puede tramitarla en Migraciones, servicio especial que tiene validez por un solo viaje, y que en días hábiles se puede gestionar en la sede central del organismo o en alguna de las 28 delegaciones.
En tanto, días no laborales o feriados puede tramitarse en los pasos de salida del territorio, incluyendo Aeropuerto Internacional de Ezeiza y Jorge Newbery.
Para los extranjeros que ingresaron en algunas de las categorías migratorias (salvo "permanente") y se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada en el territorio, deberán tramitar la Habilitación de Salida en cualquiera de las delegaciones o en las sedes administrativas habilitadas por la Dirección Nacional de Migraciones.
El Director Nacional del Registro Nacional de las Personas, Juan José D´Amico, subrayó: "Esta Resolución se enmarca dentro de las medidas que está llevando adelante el Gobierno Nacional, por pedido del Presidente, Mauricio Macri, para garantizar la seguridad ciudadana y el tránsito internacional".
Con información de la Agencia Télam
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