
El texto definitivo de la reforma laboral no incluye las restricciones para las cuotas solidarias, como pretendía Federico Sturzenegger, y mantiene algunos artículos en sintonía con la posición de la CGT. Se trata de un gesto conciliador del Gobierno en medio de los primeros movimientos sindicales hacia un plan de acción contra los cambios que propone Javier Milei.
El proyecto final, al que tuvo acceso Infobae, es similar al que se conoció el viernes pasado y que eliminó algunos de los puntos que rechazaba la CGT para tratar de que la iniciativa pueda ser aprobada rápidamente en el Congreso.
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Sin embargo, en la etapa final de redacción del proyecto, el fin de semana pasado, el ala dura del Gobierno encarnada por Sturzenegger y Patricia Bullrich presionó para que se restituyera el artículo que limita las cuotas solidarias, a las que el ministro de Desregulación llamó “peajes sindicales”.

Esa postura era resistida por el sector “político” libertario, que integran el asesor Santiago Caputo y dos alfiles de Karina Milei: el titular de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el subsecretario de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia, Eduardo “Lule” Menem, además del secretario de Trabajo, Julio Cordero.
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El debate interno en el gabinete se extendió durante todo el fin de semana y el feriado del lunes, pero finalmente se impuso la variante moderada de la reforma laboral, sin tocar las cuotas solidarias, que son clave para los sindicatos porque les permiten recibir fondos millonarios que se les descuentan a todos los trabajadores de la actividad, sean afiliados o no, al estar en los convenios colectivos de trabajo.
En la CGT había incertidumbre sobre este tema y otros que inquietaban al sindicalismo, hasta tal punto que Gerardo Martínez (UOCRA) decidió no ir este martes a la reunión final del Consejo de Mayo en la Casa Rosada y la cúpula cegetista convocó para este jueves al Consejo Directivo con el fin de analizar la reforma laboral y discutir el inicio de un plan de acción.
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Por la tarde, la confirmación del texto final de la reforma laboral trajo alivio a la CGT, pero de manera parcial: los dirigentes gremiales siguen objetando otros artículos que quedaron en el proyecto oficial:
1) La reglamentación del derecho de huelga en el transporte, la educación, la salud y numerosas actividades mediante la redefinición del listado de servicios esenciales, con mínimos de cobertura:75% en servicios críticos y 50% en servicios trascendentales.
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2) La limitación de la ultractividad automática de los convenios colectivos de trabajo. Así se llama al principio por el cual esos acuerdos firmados entre empresarios y sindicalistas mantiene su vigencia hasta tanto no sea reemplazado por otro. El proyecto respeta la ultraactividad para las denominadas “cláusulas normativas” que son las que definen condiciones de trabajo. El resto, que son las cláusulas “obligacionales” (como aportes y compromisos de empleadores ante los sindicatos) se caen al vencimiento del convenio.

3) La obligación de pedir autorización al empleador para hacer las asambleas de trabajadores en las empresas como una forma de evitar que se conviertan en medidas de fuerza encubiertas.
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4) La prelación de los convenios por empresa y no a los de actividad, como rige hoy. Según el proyecto, los convenios de ámbito menor (empresa u regionales) se impondrán sobre los convenios de un ámbito mayor (los de actividad), algo que implica la pérdida del poder centralizado que mantienen los sindicatos y empodera a las comisiones internas al delegarles el poder de negociar y firmar los convenios. Sin embargo, en la versión final de la reforma laboral figura que en la negociación de los convenios, aunque sean por empresa o por región, “la representación sindical será la del o los sindicatos de primer grado con personería gremial en el ámbito territorial y personal que se pretenda negociar”. Es decir, se respeta el actual “poder de lapicera” de los sindicatos en la negociación colectiva.
5) La flexibilización de los requisitos para la personería a los sindicatos de empresa. El proyecto dice que “podrá otorgarse personería gremial a un sindicato de empresa cuando su cantidad de afiliados cotizantes fuere, durante un período mínimo y continuado de 6 meses anteriores a su presentación, superior a la cantidad de afilados cotizantes en el ámbito de la misma empresa a la asociación con personería preexistente, cualquiera sea el grado o el ámbito material, territorial y personal de actuación de esta última". Una medida que puede afectar el poder actual de los sindicatos con personería.
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El Gobierno cedió ante la CGT al sostener el sistema de cuotas solidarias: Sturzenegger quería repetir lo que figuraba en el DNU 70, que condicionaba el pago de esos aportes al consentimiento explícito de los trabajadores, algo que rechaza la CGT porque iba a complicar el pago de ese ítem a los sindicatos.
Aunque se eliminó la propuesta del ministro de Desregulación, quedó un impedimento en el proyecto oficial para que el descuento de las cuotas solidarias lo recaude el sector empleador. La ley actual dice que “los empleadores estarán obligados a actuar como ‘agente de retención’ de los importes que, en concepto de cuotas afiliación u otros aportes, deban tributar los trabajadores a las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial". Ahora, se restringió ese ítem a “las cuotas de afiliación” y se estableció: “Siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. Es decir, los empleadores no estarán obligados a retener las cuotas solidarias para girárselas a los sindicatos.
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Como la última versión de la reforma, en el texto final se eliminó la reducción de la cantidad de delegados en las empresas, otra concesión a la CGT, aunque se fijan hasta 10 horas mensuales para las tareas gremiales (“salvo que el convenio colectivo aplicable disponga una cantidad mayor“) y advierte que “el ejercicio de este derecho no podrá generar la interrupción de actividades en el área de trabajo”.

La CGT también quiere borrar del proyecto el agregado que considera infracción muy grave a “provocar, y/o instar y/u organizar el bloqueo o tomar un establecimiento”, lo que permitirá que en casos de bloqueos contra las empresas se responsabilice y se pueda sancionar a las cúpulas sindicales.
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Respecto de la anterior versión de la reforma laboral, que derogaba varias leyes y estatutos especiales, en el texto final se incluyó la anulación de la Ley 12.908 del Estatuto del Periodista y se mantienen la abolición de la Ley de Teletrabajo, los estatutos del viajante de comercio y del peluquero y las normas que regulan el horario de los supermercados, entre otras. Y quedó afuera la derogación de la Ley 12.981, que fija el régimen de trabajo de los encargados de edificios.
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