
Edgardo Kueider cosechó una nueva derrota en la estrategia judicial que planteó para evitar su comparecencia ante la jueza Federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado. La magistrada pidió al Paraguay que extradite al ex legislador entrerriano y a su pareja y ex secretaria. Los acusa, en principio, de lavado de activos, aunque este sería el corolario de otros delitos anteriores.
El Tribunal, integrado por Jesús Riera Manzoni; Paulino Escobar Garay y Mario Torres Leguizamón, ratificó lo dispuesto en primera instancia por el juez Rolando Duarte a principios de septiembre. El titular del Juzgado Penal N° 9 echó por tierra los dos planteos formales hechos por los abogados defensores Marcelo Bogado y Carlos Arévalo.
El primero fue que el trámite se estaba desarrollando por una vía que no era la que correspondía. El segundo, que faltaban elementos para contestar el dictamen fiscal que avalaba que Kueider y Guinsel sean extraditados luego de que rindan cuentas ante la Justicia paraguaya. El reclamo se hizo cuando debían responder el dictamen fiscal que avaló la extradición de los dos acusados a nuestro país.
Estas acciones defensivas no buscan impedir el traslado a San Isidro, tan solo pretenden demorarlo.
Razones y argumentos
La extradición de una persona entre Argentina y Paraguay puede realizarse bajo el paraguas de dos artículos del acuerdo: el 10° y el 19°. Una vía o la otra depende del grado de formalización del planteo por parte del país requirente, en este caso Argentina. Duarte canalizó el pedido de Arroyo Salgado por el primero. Bogado y Arévalo entienden que tiene que ser por el segundo.

El problema es que el argumento de la defensa se hizo cuando debían opinar sobre el dictamen fiscal que avaló la extradición de los acusados. El Tribunal entendió que no era la circunstancia adecuada. Ni tampoco el momento. Por eso lo consideraron “improcedente”.
Bogado y Arévalo también cuestionaron que el pedido de opinión sobre la posición de la Fiscalía fue impreciso y no contenía toda la información necesaria. “No se observa perjuicio o menoscabo a los intereses o derechos de los recurrentes”, razonó el juez Riera Manzoni. En el mismo sentido ”no se advierte un agravio que justifique alguna modificación del auto recurrido”, agregó. Escobar Garay y Torres Leguizamón compartieron su criterio. La sentencia tiene fecha para el 1° de octubre.
El caso
Kueider y Guinsel están detenidos con prisión domiciliaria en Paraguay desde fines del año pasado. Ambos fueron apresados en la madrugada del 4 de diciembre de 2024 cuando intentaron ingresar desde Brasil con USD 200 mil sin declarar.
Por el delito de contrabando en grado de tentativa, ambos serán juzgado en el vecino país. La pena máxima en expectativa es de dos años y medio. En Paraguay, toda condena mayor a 24 meses es de cumplimiento efectivo.
En paralelo, el exsenador y su pareja están procesados en la Argentina en dos instancias. Por un lado, hay un legajo abierto en Entre Ríos, donde se lo investiga por enriquecimiento ilícito. Se encuentra bajo análisis todo su desempeño como funcionario público, desde 1999 en adelante. Por otro, está el expediente en el despacho de Arroyo Salgado. La jueza federal también investiga su crecimiento patrimonial, pero en un rango de fechas más acotado: comienza en 2017, cuando era Secretario General de la Gobernación de Entre Ríos.
La magistrada y el Juzgado de Ives Bastián en Concordia tienen un conflicto de competencia abierto que tendrá que ser resuelto, en última instancia, por la Corte Suprema. La defensa de Kueider, pese a los cuestionamientos que hizo sobre la actuación de Arroyo Salgado, prefiere ser juzgado en San Isidro. El exsenador, además, ha mencionado en varias entrevistas que si es trasladado a la Argentina, terminará en la cárcel de Ezeiza.
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