A través de un extenso decreto publicado durante la madrugada de este martes, el Gobierno materializó los últimos cambios sobre entes nacionales que abarca desde disoluciones hasta transformaciones, como el caso del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Los rumores sobre ambas modificaciones comenzaron a surgir hace apenas unos días, cuando se reafirmó el fin de las facultades extraordinarias delegadas al Ejecutivo mediante la Ley Bases, cuya vigencia caduca este martes. Esto generó, entre otras cosas, malestar en los trabajadores del instituto agropecuario que rechazaron la decisión cortando la colectora de la Avenida General Paz. Hubo enfrentamientos con la Policía de la Ciudad.
Mientras tanto, en conferencia de prensa, el vocero Manuel Adorni repasaba el extenso listado de entes reestructurados, suprimidos o fusionados por el Gobierno que le implicaron al Estado un alto gasto público.
Dentro de los cambios ejecutados, señalaba el ajuste del INTI, el cual dejó de tener estatus de organismo descentralizado y pasará a funcionar bajo la estructura de dependencias de la Secretaría de Industria y Comercio, como una “unidad organizativa dependiente”. Esta modificación responde a un relevamiento oficial que atribuye a la estructura previa altos grados de superposición jerárquica, presencia de áreas administrativas sobredimensionadas y desconexión entre funciones estratégicas y necesidades del sector industrial, según el texto.
En el segundo capítulo del decreto N° 462/2025, dedicado al ente señalaron que los derechos, aranceles o tasas que perciba “en el ejercicio de sus funciones, así como las rentas o frutos de sus bienes patrimoniales, las patentes que se registren a su nombre y los derechos intelectuales que le correspondan, y los aportes de terceros destinados a solventar el funcionamiento de sus Centros de Investigación, constituirán recursos del Tesoro Nacional”.

Además, el Instituto podrá crear Centros de Investigación a pedido de parte interesada, con aportes técnicos o económicos, según la reglamentación vigente, bajo supervisión y aprobación de la autoridad competente.
El mismo cambio de estatus se aplicó para el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), que se ubicará dentro de la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. A pesar de perder autonomía, conservará su denominación para preservar su identidad y reconocimiento internacional, manteniendo potestades sobre certificación de productos y control técnico, aunque ahora concentrando su fiscalización sobre el tramo final de la cadena productiva y habilitando que funciones de certificación puedan ser delegadas en entidades públicas o privadas.
Asimismo, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) se transformarán en organismos desconcentrados, respetando sus funciones esenciales.
En el primer caso, la modificación apunta a mejorar la coordinación con otras áreas de la administración y dotarlo de mayor flexibilidad, manteniendo sus funciones esenciales de investigación, asistencia técnica y articulación territorial. Por su parte, el INPI se reorganiza como organismo desconcentrado, continuando con sus funciones básicas ligadas al registro, administración y control en materia de propiedad industrial, patentes, marcas y modelos.

Cuáles son los demás cambios
Uno de los ejes centrales de la normativa es la disolución de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME). Tras una evaluación interna, el Ejecutivo detectó un esquema jerárquico sobredimensionado en proporción a su dotación real de personal y sugirió su eliminación. En el informe elaborado por el Interventor, se pone de manifiesto que el esquema actual “no distingue suficientemente entre los distintos usos y productos derivados de la planta de Cannabis Sativa L. y que ello genera obstáculos para el desarrollo de la industria del cáñamo en aquellos países que no adaptaron su regulación, comprometiendo la competitividad del sector y generando cargas regulatorias innecesarias”.
A partir de ahora, las competencias regulatorias quedan distribuidas entre el Ministerio de Economía —manejando registros y controles del cáñamo industrial y su biomasa, así como la regulación sobre semillas del producto—, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) —que supervisará todo lo relacionado con productos de cannabis destinados exclusivamente a fines medicinales—.
La norma también dispone la disolución del Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI), que hasta ahora funcionaba como organismo descentralizado orientado a políticas específicas para la agricultura familiar, en “la ejecución de las políticas, planes y programas que atiendan las necesidades y fomenten el desarrollo y fortalecimiento de los diversos sectores agroproductivos vinculados a la agricultura familiar, campesina e indígena y de la pesca artesanal”.
Sus responsabilidades y obligaciones serán absorbidas por la cartera que dirige Luis Caputo, que además asume las funciones como autoridad de aplicación de la Ley 27.118. Solo se mantienen el Registro Nacional de la Agricultura Familiar y competencias básicas de fiscalización.
En otro eje de reorganización, el decreto establece la disolución del Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Comisión Nacional de Semillas, traspasando sus facultades regulatorias e inspectivas a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Bajo este nuevo esquema, las tareas técnicas y de control en materia de semillas estarán a cargo de un Comité Asesor de Semillas de carácter honorario, eliminando la estructura descentralizada anterior y favoreciendo la centralización bajo autoridad ministerial.
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