
El 7 de marzo de 2025, un evento meteorológico de extrema gravedad afectó la ciudad de Bahía Blanca y zonas cercanas. Inundaciones repentinas y daños materiales de gran magnitud dejaron a miles de personas con sus viviendas inhabitables. En este contexto, el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la entrega del Suplemento Único para la Reconstrucción (SUR), un subsidio extraordinario de carácter no reintegrable.
La decisión, formalizada mediante la Resolución 532/2025 del Ministerio de Seguridad Nacional, con firma de Patricia Bullrich, y publicada el 7 de mayo en el Boletín Oficial, se fundamenta en el Decreto 238/2025, que había creado un fondo especial de 200 mil millones de pesos con destino exclusivo a las personas damnificadas por las inundaciones. Este fondo tiene como objetivo principal “compensar pérdidas materiales sufridas por dicho fenómeno”.
De acuerdo con los términos aprobados, el SUR representa una prestación monetaria única, no contributiva y de pago directo, destinada a personas cuya vivienda habitual haya sido afectada por el temporal en Bahía Blanca y localidades aledañas.

Los beneficiarios del Suplemento Único para la Reconstrucción son personas físicas que al 7 de marzo de 2025 residían en planta baja de viviendas dañadas por la inundación. Para recibir el subsidio, se requiere haber habitado el inmueble de forma permanente y contar con documentación que acredite dicha residencia.
Entre los requisitos exigidos, se encuentran:
- Ser argentino nativo, por opción o naturalizado, o extranjero con residencia legal superior a dos años.
- Ser mayor de 18 años.
- Acreditar domicilio y residencia efectiva en la zona afectada.
- Demostrar con evidencia (fotografías o inspección oficial) los daños materiales sufridos en la vivienda.
Las viviendas ubicadas en pisos superiores a planta baja quedan excluidas del beneficio, al igual que aquellas cuyos ocupantes no puedan demostrar residencia efectiva en el domicilio afectado.

El valor del subsidio varía según el nivel de impacto sufrido por cada barrio. De acuerdo con la normativa, se establecieron dos zonas de afectación:
- Zona UNO (Afectación Alta): incluye barrios como Villa Caracol, Ingeniero White, Napostá, Patagonia Norte, entre otros. En estos casos, se otorga una suma de 3.000.000 de pesos.
- Zona DOS (Afectación Media): comprende el resto de las viviendas damnificadas en Bahía Blanca no incluidas en la zona de mayor impacto. El subsidio asignado en este grupo es de 2.000.000 de pesos.
El pago se realizará a través de transferencia bancaria a la cuenta del solicitante.
El Ministerio de Seguridad Nacional es la autoridad encargada de implementar y controlar el régimen de subsidios. Para solicitar el SUR, los interesados deben completar un formulario digital disponible en el sitio oficial del Ministerio, durante un plazo de inscripción aún no especificado en la normativa.
El formulario requiere, entre otros datos:
- DNI del solicitante y del titular del servicio eléctrico.
- Número de Identificador del Suministro (NIS).
- Clave Bancaria Uniforme (CBU), Clave Virtual Uniforme (CVU) o alias.
- Fotografías de los daños o constancia de inspección oficial.
Toda la información otorgada tiene carácter de declaración jurada, y en caso de falsedad, se prevé la aplicación de sanciones civiles y penales. La documentación será conservada hasta tres años para eventuales auditorías.
El Estado implementó una clasificación del trámite en seis estados: Recibido, En Análisis, Aprobado, En Proceso de Pago, Pagado y Rechazado. Los resultados podrán consultarse en línea, y las dudas o reclamos pueden realizarse de forma telefónicamente al 0800-555-2040, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 20:00 horas.
El programa contempla un canal adicional para aquellas personas que residían en viviendas vulnerables, entendidas como aquellas que no contaban con medidor de luz. En estos casos, se realizará un relevamiento especial y se otorgará un código único por domicilio, que deberá completarse en un formulario específico habilitado para este fin. Los solicitantes deberán contar con documentación que acredite su identidad y proveer un CBU o CVU válido para el cobro.
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