
El presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Gustavo Castiñeira de Dios, se refirió a la decisión de su tribunal de emitir un habeas corpus que exige a la dictadura de Nicolás Maduro informar sobre el paradero y las condiciones de detención del gendarme argentino Nahuel Agustín Gallo.
Durante una entrevista en Radio Mitre, Castiñeira de Dios destacó la rigurosidad jurídica del fallo, que busca garantizar los derechos humanos básicos del detenido, y remarcó que este acto tiene peso ante instancias internacionales.
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“El primer elemento que surge claramente es que un tribunal de la República Argentina está exhortando a un Estado extranjero a cumplir, ni más ni menos, con las normas internacionales de derechos humanos. Es un acto judicial con toda la rigurosidad que ello implica”, afirmó el magistrado.
El habeas corpus, emitido el pasado fin de semana por la Cámara Federal de Mendoza, exhorta al régimen chavista a informar de manera inmediata sobre los motivos de la detención de Gallo, el lugar donde se encuentra, y a presentar físicamente o por medios telemáticos al gendarme argentino ante una autoridad judicial para que pueda recibir asesoramiento legal y establecer contacto con su familia. Asimismo, el fallo insta a Venezuela a cumplir con los tratados internacionales en materia de derechos humanos, como la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
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Castiñeira también señaló que, aunque ningún tribunal argentino puede obligar al Estado venezolano debido a los límites de la soberanía territorial, la decisión tomada tiene pleno sustento jurídico en el ámbito internacional. “No tengan la menor duda de que este acto tiene plena validez ante tribunales internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos o incluso la Corte Penal Internacional”, enfatizó.
Un caso con graves implicancias internacionales
El caso de Nahuel Agustín Gallo ha generado preocupación tanto en Argentina como a nivel internacional. El gendarme fue detenido el 8 de diciembre por fuerzas chavistas cuando ingresaba desde Colombia por el puente internacional de Táchira. Según sus familiares, el objetivo de su viaje era visitar a su esposa y su hijo de dos años. Sin embargo, nunca llegó a encontrarse con ellos y fue acusado por el régimen venezolano de estar involucrado en supuestos “planes terroristas”.
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Desde su detención, el paradero de Gallo sigue siendo incierto. El único reconocimiento oficial provino de Diosdado Cabello, uno de los principales referentes del chavismo, quien confirmó que el argentino estaba bajo custodia del régimen. Organismos internacionales han denunciado situaciones similares, con ciudadanos de diversas nacionalidades detenidos sin garantías legales, lo que refuerza las sospechas de que el régimen podría utilizarlos como piezas de negociación política.
“La posición del gobierno de Venezuela es insostenible jurídicamente ante cualquier organismo de derechos humanos”, sostuvo Castiñeira en sus declaraciones, y añadió: “El primer derecho humano esencial reconocido por todos los tratados internacionales es el derecho a la vida y a la libertad. Tener a una persona detenida, sin saber en qué condiciones está, sin contacto con su familia, es una violación flagrante de derechos fundamentales”.
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“Nosotros antes de resolver emitimos un oficio a Interpol, emitimos oficio a Cancillería para ver en qué situaciones estaba, qué se podía informar. No hay ningún dato, no hay respuesta de ninguna manera. Es más, no sabemos si está vivo”, resaltó Castiñeira de Dios.
Desaparición forzada y cuestionamientos al sistema judicial venezolano
En su fallo, la Cámara Federal de Mendoza también instruyó la apertura de una causa penal para investigar la posible comisión del delito de desaparición forzada en perjuicio de Nahuel Gallo. Este es un delito de extrema gravedad en el derecho internacional, ampliamente condenado en instrumentos como la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
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Castiñeira también aprovechó la ocasión para cuestionar la independencia del sistema judicial venezolano, que, según denuncias de organismos internacionales, se encuentra bajo una fuerte injerencia estatal. “Uno de los elementos esenciales que debe tener un sistema judicial en cualquier país del mundo es la independencia. Pero cuando esta independencia está en duda, siempre es más garantía que una persona esté a disposición de un magistrado y no en un cuartel militar”, aseguró.
Un acto con peso jurídico internacional
El presidente de la Cámara Federal de Mendoza enfatizó que la intervención judicial argentina representa un acto sólido en términos jurídicos, con una seriedad que lo distingue de un pedido diplomático. “Un fallo de un tribunal de alzada tiene ante los tribunales internacionales la seriedad que el caso requiere, mucho más que un simple pedido de cancillería. Es indiscutible jurídicamente en cualquier tribunal internacional”, explicó.
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Castiñeira también subrayó que, además de instar al régimen chavista a cumplir con sus obligaciones internacionales, el fallo judicial busca garantizar que Gallo tenga acceso al debido proceso, al asesoramiento jurídico y al contacto con su familia, derechos fundamentales reconocidos universalmente.
Reacciones políticas en Argentina
El caso de Nahuel Gallo también ha generado repercusiones en el ámbito político. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, confirmó el fallo judicial y anunció que sería enviado por vía consular a través de Brasil. Por otro lado, el exembajador kirchnerista, Oscar Laborde, quien transmitió una carta de la familia del gendarme al régimen chavista, quedó envuelto en polémica.
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Con la Justicia argentina avanzando en este caso y el paradero de Gallo aún incierto, la atención está puesta en la respuesta, o falta de ella, por parte del régimen de Nicolás Maduro. Mientras tanto, el fallo de la Cámara Federal de Mendoza es un recordatorio de que, a pesar de los límites territoriales, el derecho internacional ofrece herramientas para exigir la protección de los derechos humanos.
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