
En una maratónica audiencia pública que duró más de ocho horas, el juez federal y candidato a la Corte Suprema, Ariel Lijo, argumentó sin fisuras su postulación al máximo tribunal de Justicia del país y dependerá ahora de la anuencia de los integrantes de la comisión de Acuerdos de la Cámara alta para que su pliego primero obtenga dictamen -quedó habilitado para ser firmado- y llegue al recinto, donde precisará los dos tercios de votos de los presentes para que su designación, realizada por el Gobierno libertario de Javier Milei, quede activa.
Lijo no sólo blindó con argumentos jurídicos sus actuación en distintos fallos en los que estuvo involucrado y de notoriedad pública, sino que además respondió sobre la cuestión de género en la justicia, tratados internacionales con rango constitucional, federalismo y coparticipación, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, la ampliación de la Corte, mejora en la tramitación de procesos para evitar dilaciones, los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), dolarización y la potencial baja de edad de imputabilidad de menores, entre otras cuestiones.
El magistrado federal contestó la mayoría de los requerimientos realizados, salvo aquellos en los que se dispensó ante una eventual intervención futura en caso de ser designado, con los votos del Senado, como miembro de la Corte Suprema, ante varios legisladores que quedaron enfrascados en discusiones contra el juez más inclinadas hacia lo mediático que lo jurídico, un error clave en este tipo de instancias. De hecho, casi nadie llevó preguntas específicas sobre derecho penal, una prueba trascendental para medir la idoneidad del candidato.
Los pocos cruces que se dieron entre los senadores y Lijo fueron manejados con sobrado oficio por la legisladora del PRO y presidenta de la comisión de Acuerdos, la porteña Guadalupe Tagliaferri. Un trabajo exhaustivo previo junto a su equipo de trabajo permitió el desarrollo de una audiencia pública sin estridencias y acorde a la importancia de lo que está en juego a nivel institucional.
Principales definiciones de Ariel Lijo
*Objetivos para mejorar la Justicia. Según Lijo, la Corte puede reasignar recursos, así como simplificar “el recurso extraordinario, bajando nivel de litigiosidad”. En segundo término, apuntó a segmentar las posibilidades de respuesta ante distintas categorías de conflicto, ya que “no puede ser que respondamos con las mismas personas, métodos y estructura una catástrofe ambiental que el arrebato de un celular, o fijación de cuota alimentaria”. Luego, direccionó la mira a los “procesos sumarios y orales”.

*Ampliación de la Corte. “No tengo una posición tomada de cuántos miembros tiene que tener la Corte. La Argentina ha funcionado con distinta cantidad de miembros y en todos los sistemas, la Corte funcionó. Los problemas no son derivados de la cantidad de miembros, que son cuestiones que debe evaluar el Parlamento respecto de la conveniencia de su composición”, manifestó.
*Dolarización. El postulante dejó en claro que se “debe respetar los estándares mínimos de legislación” y que, “de alguna manera, debe ser preservada la moneda”. Y agregó: “Expedirme en términos absolutos sobre si es constitucional algo que no existe no es lo correcto. Sea lo que sea, debe preservar la moneda”.
*Género. “¿Si tiene que estar integrada la Corte por una mujer? Sí”, aseveró Lijo también resaltó que fue “formado por mujeres” y que la “cuestión de género no es sólo enunciativa ni de buenos modos o políticas, es mucho más concreta”. Habló de “poder remover obstáculos también en la toma de decisiones”.
*Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU). El candidato detalló que existe “una jurisprudencia extensa en la Corte”, en cuanto a “que deben ser controladas las condiciones de necesidad y urgencia en cada caso, objetivas”. Seguido a ello, deslizó que el tema “merece un debate público”.
*Acusaciones en su contra. “No voy a detenerme en detallar el origen de las denuncias: en 20 años no recibí una sola sanción del Consejo de la Magistratura. Nunca, ni una sanción”, destacó el juez federal. Más temprano, explicó: “Fui investigado por UIF y AFIP. Nunca encontraron nada. Es más, es mentira que me haya defendido el doctor -y actual ministro de Justicia- Mariano Cúneo Libarona, nunca puse abogado”.

*Retenciones. “Creo que los derechos exportación autorizados constitucionalmente, en la medida que sean razonables y no afecten al sector, puede ser regulados. Todos pueden ser revisados judicialmente”, argumentó.
*Intervenciones en expedientes Siemens, YPF y deuda de Formosa. Sobre el primer punto, Lijo enfatizó que se trató de un caso de “soborno transnacional, es uno de los trabajos artesanales más complejos que enfrentamos”, donde se “avanzó muchísimo en la averiguación y circulación del dinero, su circuito en paraísos fiscales y cómo saltaban en cuentas tipo ‘mamushkas’ de un país a otro, y de un banco a otro”. Después informó que “nunca ingresó el dinero a la Argentina” y que “se elevó a juicio oral toda la actividad de los privados, corroborado con información que aportó Alemania”. Sobre el resto, se “avanzó hasta punto donde no teníamos diligencias y su archivo fue confirmado por la Cámara Federal y por la Corte Suprema”.
En relación con YPF, subrayó que es “una causa en trámite” y con una “gravedad para la Argentina, demandada en el exterior”. Y añadió: “Es especialmente delicado que me expida sobre la causa, no por no tener una gran cantidad de información para darles. Hay algunos aspectos que no se han logrado probar todavía y depende de la colaboración de otros países. Una de las razones por la que está tramitando en el exterior, uno de los argumentos que se utilizaron en la justicia de los Estados Unidos, es la existencia de una causa penal en la Argentina, contrariamente a lo que se sostiene muchas veces públicamente, cometiendo lo que, desde mi punto de vista, es un error jurídico”.
Al ser consultado sobre una causa por la toma de deuda de Formosa, Lijo se explayó: “La investigación avanzó hasta la indagatoria de funcionarios. A partir de eso, las partes ejercieron su derecho de defensa e hicieron un planteo respecto de la competencia basado en un precedente de la Corte de mi propio tribunal, que separa las investigaciones de las provincias y del Estado nacional. La jurisprudencia de la Corte establece que cuando hay afectación de fondos provinciales, es competente la justicia federal de la provincia”. El magistrado propuso en ese entonces la separación de la investigación y enviarla a la justicia federal de la provincia, para quedarse con la de los funcionarios nacionales. “No es verdad que existan gestiones judiciales y mucho menos en mi juzgado, o nadie que yo conozca”, concluyó.
*Coparticipación. El postulante opinó que “son cuestiones de interacción entre el Ejecutivo, el Legislativo y las provincias” que deben “trabajar para llegar a un consenso por unanimidad o mayoría”. No obstante, el principio a regir para cualquier cuestión “fiscal y distributiva es la solidaridad”.
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