Veda electoral del balotaje 2023: ¿cuándo empieza y qué no se puede hacer?

Cuáles son las restricciones que establece la ley y a partir de qué hora no se podrán vender bebidas alcohólicas

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Está prohibido vender alcohol 12
Está prohibido vender alcohol 12 horas antes y 3 horas después de la elección

El próximo domingo 19 de noviembre se llevará a cabo el balotaje de las elecciones generales en Argentina. Allí, los ciudadanos que figuren en el padrón electoral deberán asistir a las urnas para elegir al nuevo presidente y vicepresidente.

Y de acuerdo al Código Electoral Nacional, “en la segunda vuelta participarán solamente las dos fórmulas más votadas en la primera, resultando electa la que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”.

Vale aclarar que, según los datos del escrutinio definitivo, la fórmula Sergio Massa-Agustín Rossi (Unión por la Patria) obtuvo el 36,7% de los votos mientras que Javier Milei-Victoria Villarruel, el 29,9%.

Ninguno de los dos candidatos alcanzó, en los comicios del 22 de octubre, el porcentaje establecido por ley para coronarse ganador. O sea, obtener más del 45% de los votos afirmativos o por lo menos el 40% y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos con respecto a la fórmula que le sigue en cantidad de votos. Hay que recordar que para el balotaje, de estas Elecciones 2023, todos los ciudadanos que figuren en el padrón electoral deberán asistir a las urnas.

¿Cuándo empieza la veda electoral del balotaje 2023?

A las 8 de la mañana de este viernes 17 de noviembre comenzará la veda electoral con miras al balotaje 2023.

En ese sentido, de acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, la veda se iniciará 48 horas antes de la votación y finalizará tres horas después del cierre de los comicios, o sea a las 21 horas del domingo 19 de noviembre.

Esta medida tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en distintos cargos.

Si bien esta regulación tiene como marco la ley 19.945, que establece en su artículo 71 qué es lo que no se puede hacer en las horas previas a las elecciones, durante ellas, cada provincia tiene, a su vez, una regulación local. No obstante, estas no se diferencian en lo esencial de lo que dice el código nacional.

La veda electoral será desde
La veda electoral será desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo 19.

¿Cuáles son las prohibiciones durante la veda electoral?

  • Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado
  • Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
  • Asimismo, no se podrá instalarán mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos
  • También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos

¿Qué pasa si se rompe la veda electoral?

En relación a las sanciones económicas, los electores pueden sufrir multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.

Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena desde dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

La venta de bebidas alcohólicas
La venta de bebidas alcohólicas será desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo (NA/Damián Dopacio)

Además, el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

¿Cuándo empieza la prohibición de vender alcohol?

Una de estas restricciones de la veda electoral está enfocada en la venta de bebidas alcohólicas, y establece que no podrán venderse desde las 12 horas anteriores al inicio de la elección. Una vez cerrado los comicios, habrá que esperar 3 horas para poder retomar su comercialización.

Es decir, no se podrá vender más alcohol desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo.

¿Qué se define en el balotaje 2023?

El domingo 19 de noviembre se define quién será el presidente y vicepresidente de la Nación por los próximos cuatro años.

En el caso de que se produzca un eventual empate en la segunda vuelta, es importante destacar que no existe una legislación específica que aborde de manera directa este escenario particular. Aunque las encuestas sugieren una situación de equilibrio entre los candidatos, la probabilidad de que ambos obtengan la misma cantidad de votos es baja, aunque no se puede descartar por completo.

En principio, una vez transcurridas las 48 horas posteriores a la jornada electoral, la Justicia Nacional Electoral procedería a ordenar el escrutinio definitivo. El resultado final podría sufrir modificaciones al incorporar los votos emitidos por residentes en el extranjero, las personas privadas de la libertad y las fuerzas de seguridad asignadas al comando electoral.

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