
La Cámara Federal ordenó seguir investigando si el gobierno de Mauricio Macri favoreció una corrida cambiaria después de la derrota en las PASO en agosto de 2019, revelaron a Infobae fuentes judiciales. Fue un “lunes negro” en los mercados: la Bolsa argentina cayó 37,9% en pesos y casi 50% en dólares, y el dólar saltó de los $46,50 a los $60, en medio de escenas de desesperación ante la inacción del BCRA durante las primeras horas de la jornada.
La investigación judicial también apunta a saber si el viernes previo a esas elecciones habría habido una manipulación del mercado, con un objetivo electoral, para provocar un alza ficticia de los papeles oficiales que cotizan en bolsa. Los dos episodios, sostiene la causa, habrían tenido una finalidad exclusivamente electoral y habrían sido decididos por el Poder Ejecutivo Nacional de entonces.
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“Los mercados no confían en el kirchnerismo”, dijo Macri en una conferencia después de la derrota en las PASO. “El viernes estábamos en calma; este día lunes, ante el resultado adverso al Gobierno y favorable al kirchnerismo, hemos tenido un día muy malo. Le pedimos al kirchnerismo que se hagan cargo del clima que generaron después de las elecciones”. Y aseguró que había dado ordenes a su equipo económico para intentar revertir el escenario.
En Comodoro Py 2002, una denuncia penal contra Macri, Marcos Peña y/ otros fue promovida por Fernando Míguez, de la Fundación por la Paz y el Cambio Climático, para sostener que tras las elecciones se produjo “una suba indefinida del dólar” y el BCRA se comportó de modo “anormal, extraño e inusual” por no intervenir en el mercado de cambios y dejar “que la divisa subiera hasta un techo insospechado”. “El BCRA estaba corrido de la mesa de operaciones con total claridad y el tipo de cambio tuvo una suba abrupta”, decía la denuncia.
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El entonces juez Rodolfo Canicoba Corral solicitó una serie de informes a instancias de la fiscalía al Banco Central, al FMI, a la Jefatura de Gabinete y a la Comisión Nacional de Valores. Los datos fueron llegando, pero a dos años y medio de iniciada la causa el juez Ariel Lijo, subrogando el juzgado federal 12, entendió que luego de las distintas medidas de prueba no se habían encontrado elementos para avanzar en acreditar el delito y dispuso el archivo del expediente.
La fiscal Paloma Ochoa apeló la decisión e insistió con diligencias solicitadas que se habían hecho. “Restan por producirse medidas probatorias que permitan descartar acabadamente la existencia de un comportamiento penalmente relevante relacionado con las intervenciones llevadas a cabo por el Banco Central de la República Argentina el día 12 de agosto de 2019 y la existencia de una orden concreta de no intervención, que no habría tenido motivación en la política cambiaria prefijada ni en la promoción de la estabilidad monetaria”, sostuvo.
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Ahora, en un fallo unánime al que accedió Infobae, cada uno por su voto, los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico resolvieron que el cierre de la causa es “prematuro” y que hay llevar adelante las medidas que faltan.

Entre ellas, llamar a declarar al economista Martín Redrado que, en declaraciones radiales en aquel momento, aseguró que Macri había dado la orden de no intervenir. “El ex presidente dijo que el dólar se vaya a dónde se tenga que ir y que los argentinos aprendan a votar (...) El BCRA estuvo mirando desde la tribuna lo que pasaba en el mercado en lugar de estar interviniendo (…) Mis colegas recibieron la instrucción de que se corrieran del mercado”, había dicho en aquel momento.
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El fallo
“Resulta fácil advertir que el cierre de la investigación se enfrenta a la existencia de un curso investigativo propuesto por el Ministerio Público Fiscal, con diligencias concretas y de alcances definidos, cuya atinencia debe ineludiblemente ser examinada por el juez pues, como se ha dicho, para arribar al archivo con anclaje en que ‘…el hecho imputado no constituye delito o no se pueda proceder’ es presupuesto necesario el agotamiento de las medidas de prueba propiciadas para esclarecerlo”, sostuvo Boico.
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Por su parte, Irurzun evaluó que “si bien el Sr. Juez de grado ha llevado a cabo diversas diligencias orientadas a corroborar o descartar los supuestos denunciados, existen pendientes de realización otras medidas que aparecen dirigidas a despejar los interrogantes que ha planteado el Ministerio Público Fiscal”. Y por eso “no cabe sino revocar por prematuro el archivo dictado y encomendar al juez que lleve adelante aquellas diligencias que resulten útiles y pertinentes para la dilucidación de los hechos”.

En su voto, el juez Farah repasó los términos de la apelación del Ministerio Público y señaló que “el desarrollo de los agravios de la fiscalía no apunta a negar la legitimidad formal de lo actuado por el Banco Central, lo que en principio no habría excedido su competencia autárquica (artículo 1 de su Carta Orgánica), sino a sondear una posible motivación espuria y externa de su conducta instigada por el entonces titular del Poder Ejecutivo Nacional, lo cual habría constituido además una injerencia expresamente prohibida”.
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El juez además avanzó en definir cuál sería el delito que podría aplicarse en este caso: “abuso de autoridad es la única hipótesis que por el momento justifica mantener activa esta investigación”. Y también en identificar qué diligencias serían necesarias para avanzar.
Allí planteó la declaración “testimonial pendiente del licenciado Martín Redrado” porque “fueron sus manifestaciones las que dieron pie a las sospechas en torno a la existencia de aquella indicación ilícita”. “Debe escuchárselo para que brinde precisiones sobre cómo, cuándo, dónde, de quién (etc.) obtuvo la información que transmitió y, en función de eso, disponerse las medidas probatorias que pudieren corresponder”, afirmó Farah.
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Farah también señaló que debe esperarse a que la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos envíe a la Comisión Nacional de Valores los informes que ésta le solicitó en el marco de su expediente nro. 1903/2019, caratulado “investigación s/versiones periodísticas operatoria período 9-08-19 al 12-08-19″, a fin de contar con detalles sobre las operaciones que se hicieron en el mercado estadounidense de los títulos valores argentinos a través de los certificados de depósito americano o American Depositary Receipt (ADRs). “Hasta donde se supo tal información no llegó aún al país, imposibilitando su análisis posterior por parte de la mencionada Comisión Nacional de Valores”, añadió.
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