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El Ministerio Público Fiscal anunció que vuelve la presencialidad plena en las fiscalías

Eduardo Casal firmó una resolución en la determinó que desde abril los empleados deben volver a trabajar en los despachos

Eduardo Casal, a cargo de la Procuración General de la Nación (Nicolás Stulberg)
Eduardo Casal, a cargo de la Procuración General de la Nación (Nicolás Stulberg)
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La Procuración General de la Nación determinó que a partir del 1 de abril próximo vuelve el trabajo presencial a las fiscalías nacionales y federales que están bajo la órbita de Eduardo Ezequiel Casal, quien está interinamente a cargo del Ministerio Público Fiscal de la Nación. La pandemia de coronavirus había puesto a los tribunales y las fiscalías en modo virtual completo. En las últimas semanas comenzó a verse más movimiento en las oficinas judiciales. Aunque tardaron mucho más que en otros sectores, los judiciales -colectivo en el que se incluye a los integrantes del Ministerio Público- se acercan a la presencialidad plena.

En una resolución firmada hoy, Casal señaló que “a partir del 1 de abril de 2022, la presencialidad será plena en todas las dependencias de este Ministerio Público, sin perjuicio de que sus titulares puedan autorizar el teletrabajo respecto de aquellas personas cuyas funciones lo permitan, cuando razones excepcionales debidamente fundadas así lo ameriten…”

Es decir que según la resolución firmada por Casal se establece la presencialidad “plena”, aunque permiten que el personal siga haciendo trabajo virtual. En el considerando III de la resolución se determina que la presencialidad será plena “sin perjuicio de que los/las titulares de las respectivas dependencias puedan autorizar el teletrabajo de aquellas personas cuyas funciones lo permitan en supuestos que lo ameriten, con base en razones excepcionales que deberán ser informadas, teniendo en cuenta la situación sanitaria propia de cada lugar y ámbito laboral, y siempre que las tareas puedan llevarse a cabo sin ningún inconveniente o retraso”.

El regreso a la presencialidad, desde el cierre casi total durante la parte más cerrada de la pandemia de coronavirus, fue paulatino. Se fue dando por etapas en las que el Ministerio Público Fiscal iba adoptando lo que decidiera la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La decisión fue adoptada a través de la Resolución PGN N°15/22, en línea con los últimos reportes presentados por el Ministerio de Salud de la Nación que dan cuenta de la baja significativa en la cantidad de casos registrados; la positividad de los test; la cantidad de personas internadas en terapia intensiva y la severidad y letalidad registrada en los casos positivos del virus COVID-19. También, se consideró la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que redujo los tiempos de aislamiento para aquellas personas que cuenten con el esquema de vacunación completo, sin perjuicio de que deberán mantenerse los cuidados respectivos, de acuerdo a la situación sanitaria de cada jurisdicción.

En la resolución firmada por Casal se hizo un recorrido por las distintas disposiciones que tomó el Ministerio Público Fiscal siempre de acuerdo a lo que establecía la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se pasó de la época de cuarentena estricta en la que se concedió una licencia excepcional a los mayores de 60 años y a quienes tuvieran factores de riesgo, y se justificó la inasistencia de quienes estuvieran al cuidado exclusivo de niños y adolescentes.

Luego de que finalizara la feria extraordinaria dispuesta por la Corte Suprema de la Justicia de la Nación, la PGN recordó la potestad de los fiscales para establecer y controlar la modalidad de trabajo de cada fiscalía. Se recomendó atender la situación sanitaria del lugar y las posibilidades de cada persona empleado, los factores de riesgo existentes y las pautas de trabajo establecidas por los tribunales ante los que las fiscalías tienen que presentarse.

Con el paso del tiempo y el avance de la vacunación, la disminución de los efectos mortales de la pandemia, el personal fue regresando de a poco. La anterior resolución de la Procuración en relación a la modalidad de trabajo remoto o presencial fue firmada en octubre de 2021 y otorgaba la faculta a los titulares de las oficinas de ordenar el trabajo por turnos. Esa resolución tiene vigencia hasta el próximo 31 de marzo.

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