
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky –presidente–, Javier Carbajo y Ángela Ledesma, de manera remota y mediante firma electrónica, resolvió no hacer lugar a una queja de la defensa de Diego Lagomarsino, que había solicitado que se convoque al perito José Luis Manzano a prestar declaración testimonial.
Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, los abogados de Lagomarsino, el técnico informático que está acusado de haber sido partícipe necesario en el homicidio de Nisman, solicitaron al fiscal Eduardo Taiano, a cargo de la investigación, llamar a declarar a Manzano para cotejar si el arma que dio muerte a Nisman dejaba o no pólvora en las manos al dispararse. Su intención era que el perito explicara si “había rastros de manipulación” de un arma de fuego.
Después de la muerte de uno de los expertos que hicieron el estudio de Gendarmería –clave para plantear la hipótesis del asesinato–, la defensa quería escuchar a este perito. Sin embargo, el 24 de noviembre de 2020 el fiscal rechazó el pedido y argumentó que no era de suma necesidad el aporte de Manzano debido a que todo ya había sido planteado en la Junta Interdisciplinaria que tuvo lugar en el 2017 y en los informes periciales.
La defensa de Lagomarsino planteó la nulidad del dictamen, pero el 18 de febrero de 2021 los magistrados de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmaron la resolución del fiscal Taiano. Y ante un nuevo recurso de queja presentado por los abogados del técnico informático, los jueces de la Sala IV de Casación Penal volvieron a rechazar el pedido.
“Cabe recordar que la asistencia técnica de Diego Lagomarsino solicitó la nulidad del dictamen fiscal de fecha 24 de noviembre de 2020, mediante el cual el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo: ‘En relación con la medida solicitada, siendo que el informe pericial realizado por el Ing. José Luis Manzano, como así también aquel efectuado por los peritos de la División Laboratorio Químico de la Superintendencia de la Policía Científica de la PFA, ya fue analizado con un enfoque interdisciplinario en la Junta llevada a cabo durante el año 2017 y con intervención de los peritos de parte y, en consecuencia, no se advierte la suma necesidad esgrimida por la parte, no ha lugar a lo peticionado’”, señalaron los jueces de la Sala IV de Casación en su resolución.
Y agregaron: “Se observa que los cuestionamientos desarrollados por la parte apelante en torno al criterio entonces seguido resultan ajenos a la instancia de revisión pretendida frente a las expresas previsiones del artículo 199 del Código Procesal Penal de la Nación”.
El juez Eduardo Farah, integrante de la Cámara Federal tras su regreso a Comodoro Py, instó a mediados de febrero a apurar la instrucción de la causa por la muerte de Nisman, quien apareció con un tiro en la cabeza en el baño de su departamento el 18 de enero de 2015, cuatro días después de haber denunciado a la entonces presidenta Cristina Kirchner.
El magistrado, en aquella oportunidad, se manifestó de acuerdo con el rechazo al pedido de Lagomarsino, pero señaló: “Sin desconocer la complejidad de la investigación desarrollada, habiéndose superado holgadamente el plazo que para la instrucción establece el artículo 207 del Código Procesal Penal, a mi juicio corresponde encomendar al juez de grado inferior a que proceda de conformidad con lo previsto en esta disposición, lo que permitirá oportunamente encauzar, debatir y decidir los agravios del recurrente en un contexto de mayor amplitud de conocimiento”.

El artículo 207 del Código Procesal al que se aludió habla de los tiempos del proceso y afirma que la instrucción deberá completarse en cuatro meses a contar con la indagatoria, prorrogables a dos meses más con autorización de la Cámara Federal.
Lagomarsino declaró en indagatoria en noviembre de 2017 para negar haber sido partícipe del homicidio de Nisman. Dijo que tenía una relación de “amo-esclavo” con su jefe, contó cómo le llevó el arma al fiscal a pedido del funcionario y aseguró: “No me importa cómo murió, igual me cagaron la vida”. El 26 de diciembre de ese año, Ercolini procesó a Lagomarsino junto a cuatro custodios que ese fin de semana debían encargarse de la seguridad de Nisman. La confirmación del procesamiento de los custodios (Lagomarsino no lo apeló) llegó en junio de 2018 en la Cámara Federal, cuando los jueces Irurzun y Bruglia sostuvieron que la muerte de Nisman fue un homicidio como “directa consecuencia” del cargo que cumplía en la UFI-AMIA.
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