
Desde el mes que viene, los integrantes del Poder Judicial de la Nación -jueces, fiscales, defensores oficiales, funcionarios y empleados- pasarán a jubilarse bajo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y ya no por el Consejo de la Magistratura de la Nación, un organismo judicial. Así lo dispuso a fin de año la ANSES en una resolución en la que puso en marcha la ley que modificó el régimen de jubilación y que asociaciones de magistrados pidieron que se declare inconstitucional.
“Comenzará a liquidar los beneficios otorgados al amparo de la Ley N° 24.018, correspondientes a los Magistrados, Funcionarios y Pensionados de este Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa y del Ministerio Público Fiscal, que eran liquidados mediante el circuito establecido en el derogado Decreto N° 109/76, a partir del mensual febrero de 2021, en dicho mensual se pondrán al pago los meses de Enero/2021 y Febrero/2021″, sostiene la resolución de la ANSES del 29 de diciembre pasado.
Las jubilaciones del Poder Judicial las regulaba el Consejo de la Magistratura de la Nación. Pero con la nueva ley -la 24.018 que sancionó en marzo el Congreso- ese trámite pasa a la ANSES. Desde la justicia objetan que ahora se deberán jubilar con las demoras que suele tener la ANSES y con la posibilidad de tener que hacer juicios previsionales por la forma de la liquidación. Sostienen que la formula de jubilación no la conocen y la establecerá una comisión especial que todavía no se conformó.
Los jueces, fiscales y defensores oficiales ya jubilados continuarán como hasta ahora. Cambia para los que empiecen a jubilarse.
“Se hace notar que, resulta esencial para que el proceso de transferencia y la consecuente liquidación de los beneficios involucrados se realicen en tiempo y forma, que ese Consejo de la Magistratura remita la información de manera completa y correcta que fuera solicitada en las distintas notas elevadas a esa organismo”, pidió la ANSES en referencia a la información que necesita para los nuevos jubilados.
La nueva ley de jubilaciones para el Poder Judicial elevó del 11 al 18 por ciento el aporte sobre el sueldo de sus miembros; mantuvo el 82 por ciento para la jubilación, pero con el cálculo sobre las últimas 120 remuneraciones mediante una comisión que todavía no se creó; y elevó para los hombres la edad para retirarse de 60 a 65 años de manera escalonada año tras año hasta llegar en 2025 a los 65.
El Poder Ejecutivo propuso los cambios para paliar el déficit del sistema de jubilaciones del Poder Judicial. Los funcionarios que defendieron la iniciativa en el Congreso, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y el entonces director de Anses, Alejandro Vanoli, sostuvieron que el promedio de las jubilaciones de jueces y fiscales era de entre 300 y 400 mil pesos. Pero desde las entidades judiciales, incluida el gremio de empleados, rechazaron la iniciativa. Señalaron que el gobierno sancionó la ley sin presentar los números del déficit del sistema, que desde el Poder Judicial se hace un aporte mayor sobre el sueldo que otros regímenes jubilatorios y que hay fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la intangibilidad de las remuneraciones.
Con esos argumentos, entre otros, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) y Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal de la Nación (AFFUN) iniciaron a fin de año una causa judicial para que se declare la inconstitucionalidad de la ley. Las entidades presentaron un juicio de conocimiento contra la ANSES que quedó a cargo de la jueza en el contencioso administrativo federal Macarena Marra Giménez.
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