Tras el inicio de la cuarentena, el Gobierno prohibió la exportación de aparatos de oxigenoterapia

A través del Decreto 301/2020, la medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, poco después de que el presidente Alberto Fernández anunciara el “aislamiento social preventivo y obligatorio”

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Aparato de oxigenoterapia hiperbarica (Wikipedia)
Aparato de oxigenoterapia hiperbarica (Wikipedia)

En el marco del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” decretado por el Gobierno para evitar la propagación del coronavirus en la Argentina, se prohibió también la exportación de aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios, sin previo permiso de las autoridades sanitarias. La medida fue informada a través del Decreto 301/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial

El documento, que llevó la firma del presidente Alberto Fernández y del ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, especificó que esta norma regirá para todo este tipo de mercadería que, además, esté “comprendida en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)”.

El texto en cuestión señaló que estos productos “deberán tramitar un permiso de exportación”, a ser emitido por la cartera que conduce Kulfas, “con la necesaria intervención del Ministerio de Salud”.

El segundo artículo de la norma aclaró que la restricción “no alcanza a las exportaciones que tengan como destino el Área Aduanera Especial creada por la Ley Nº 19.640 o al Territorio Aduanero General”.

El Decreto remarcó que Desarrollo Productivo tendrá la facultad de “dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias a efectos de instrumentar la presente medida, debiendo establecer los criterios para propiciar las autorizaciones” correspondientes para la comercialización de estos aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios.

Por último, el Gobierno precisó que la emisión de este permiso “se encontrará supeditada a la total cobertura de las necesidades de abastecimiento local de los bienes involucrados”.

Entre los considerandos, el Poder Ejecutivo recordó que el 12 de marzo pasado se dispuso ampliar la emergencia pública en materia sanitaria por el avance de la pandemia en el país.

En este sentido, se remarcó que “para no afectar la atención sanitaria de la población, como consecuencia del brote del nuevo Coronavirus COVID-19, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas oportunas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación, garantizando a la población el acceso a ciertos insumos críticos a fin de mitigar su propagación e impacto sanitario”.

Los aparatos de oxigenoterapia son utilizados habitualmente por los médicos para administrarles a los pacientes oxígeno a concentraciones mayores que las que se encuentran en aire del ambiente.

El ministro de Salud, Ginés
El ministro de Salud, Ginés González García, junto al presidente Alberto Fernández.

Este tratamiento sirve mayormente para tratar o prevenir los síntomas y las manifestaciones de la hipoxia, que significa la ausencia de aire suficiente en el cuerpo, uno de los síntomas propios del coronavirus.

Este jueves, las autoridades sanitarias de la Argentina confirmaron otros 31 casos de contagio y el total de infectados en el país ascendió a 128. Los nuevos contagios se dieron en distintos distritos: 15 de la Provincia de Buenos Aires, 8 de la Ciudad de Buenos Aires, 3 de Córdoba, 2 de Chaco, 1 en Tucumán , 1 de Río Negro y 1 en Santa Fe.

Ante esta situación, el presidente Alberto Fernández anunció la implementación de un “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en todo el territorio nacional, por lo que quedó prohibida la circulación de personas en la vía pública hasta el próximo 31 de marzo, con algunas excepciones.

"Solo se permitirán traslados por cuestiones excepcionales, además de toda la circulación que continuará para garantizar la producción imprescindible, el abastecimiento, los servicios de salud y todos los servicios esenciales”, detalló el jefe de Estado.

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