
El Gobierno dio a conocer finalmente este jueves a la tarde el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que establece la cuarentena obigatoria por el coronavirus y dispone la emergencia sanitaria en todo el país por el plazo de un año.
Allí se señala:
1. Deberán permanecer aisladas durante 14 días, plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica, las siguientes personas:
a) Quienes revistan la condición de “casos sospechosos”. A los fines del presente Decreto, se considera “caso sospechoso” a la persona que presenta fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a “zonas afectadas” o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19. La definición podrá ser actualizada por la autoridad sanitaria, en función de la evolución epidemiológica.
b) Quienes posean confirmación médica de haber contraído el COVID – 19.
c) Los “contactos estrechos” de las personas comprendidas en los apartados a) y b) precedentes en los términos en que lo establece la autoridad de aplicación.
d) Quienes arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”. Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.
e) Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por “zonas afectadas”. No podrán permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria.
En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones* establecidas en el presente artículo, los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, *deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.*
ZONAS AFECTADAS POR LA PANDEMIA: A la fecha de dictado del presente decreto, se consideran “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19, todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán.
La autoridad de aplicación actualizará diariamente la información al respecto, según la evolución epidemiológica.
SUSPENSIÓN TEMPORARIA DE VUELOS: Se dispone la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las “zonas afectadas”, durante el plazo de 30 días.
OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES DE MEDIOS DE TRANSPORTE: Los operadores de medios de transporte, internacionales y nacionales, que operan en la República Argentina, estarán obligados a cumplir las medidas sanitarias y las acciones preventivas que se establezcan.
EVENTOS MASIVOS: Podrá disponerse el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares de acceso público; suspender espectáculos públicos y todo otro evento masivo; imponer distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.
OBLIGACIÓN DE LA POBLACIÓN DE REPORTAR SÍNTOMAS: Las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19 deberán reportar de inmediato dicha situación a los prestadores de salud.
INFRACCIONES A LAS NORMAS DE LA EMERGENCIA SANITARIA: La infracción a las medidas previstas en este Decreto dará lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales que corresponda efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
INSUMOS CRÍTICOS: SALUD y DESARROLLO PRODUCTIVO, podrán fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos, definidos como tales. Asimismo, podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento.
INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN: El MINISTERIO DE SALUD dará información diaria sobre las “zonas afectadas” y la situación epidemiológica.
Seguí leyendo:
Últimas Noticias
Las cámaras denunciadas por Frigerio habrían sido colocadas durante el gobierno peronista: el rol de Edgardo Kueider
Un par de equipos estarían fuera de uso, pero el encontrado en el despacho de Rogelio Frigerio estaría activo. La Fiscalía anticipó que la investigación será larga

Renunció Carlos Casares, el titular del Ente Regulador del Gas
Se trata de la quinta renuncia en 24 horas. La salida del extitular de Enargas ocurre en medio de un proceso de reestructuración estatal e incertidumbre sobre nuevos cuadros tarifarios para el invierno y la unificación administrativa de los entes de energía

Pullaro volvió a pedir la baja en la edad de imputabilidad: “Saben lo que están haciendo”
El gobernador de Santa Fe reiteró su postura respecto de las penas para los menores que cometen delitos graves. Lo hizo luego de que se viralizaran imágenes de la tortura y posterior asesinato de Jeremías Monzón, presuntamente cometido por menores

Nueva denuncia de ARCA contra la AFA: pide que se investiguen facturas apócrifas por más de $375 millones
La agencia de recaudación se presentó ante la Justicia por la presunta comisión de un delito vinculado a la salida no documentada de dinero. El detalle de la acusación

Incendios forestales: la UCR reclamó incorporar la figura de “ecocidio” en la reforma del Código Penal
En el Congreso hay varios proyectos con estado parlamentario que buscan modernizar la legislación existente sobre delitos ambientales. El gobierno nacional dejó trascender que a partir de marzo pondría en debate un endurecimiento de penas para delitos graves y la baja de la edad de imputabilidad


