
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) admitió a trámite una demanda contra el Estado peruano por presuntos incumplimientos de sus obligaciones para combatir la minería ilegal. El proceso coloca bajo evaluación internacional decisiones adoptadas durante los últimos años, entre ellas las sucesivas ampliaciones del proceso de formalización asociado al Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

La acción fue promovida por la Coordinadora de Comunidades Nativas y Campesinas de la Cuenca del Nanay (Conaccunay) y pobladores de esta zona de Loreto. Según explicó el abogado ambientalista César Ipenza en RPP, la organización articula a 33 comunidades asentadas en una cuenca particularmente sensible: el río Nanay constituye la principal fuente de abastecimiento de agua de Iquitos y de una población que supera el medio millón de personas.
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El tribunal, con sede en Quito, admitió la demanda mediante un auto emitido en julio. El proceso corresponde al expediente 03-AI-2025 y enfrenta a Conaccunay y otros demandantes con la República del Perú por la presunta vulneración de diferentes normas comunitarias relacionadas con minería ilegal, control del mercurio, cooperación aduanera y crimen organizado transnacional. El caso ya figuraba entre las acciones de incumplimiento recibidas por el TJCA.

La CAN ya había determinado incumplimientos del Perú
El camino hacia el tribunal comenzó el 27 de junio de 2025, cuando los reclamantes acudieron primero a la Secretaría General de la Comunidad Andina, etapa administrativa obligatoria antes de llevar una acción de incumplimiento ante el TJCA.
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En octubre de ese año, la Secretaría General emitió el Dictamen N.° 007-2025 y concluyó que el Perú había incumplido dos obligaciones específicas. Por un lado, consideró insuficientes las medidas adoptadas para fortalecer la extinción de dominio sobre instrumentos y productos vinculados con minería ilegal, lavado de activos y delitos conexos. Por otro, determinó que las sucesivas ampliaciones del proceso de formalización minera obstaculizaron su aplicación y vulneraron el artículo 4 del Tratado de Creación del Tribunal Andino.

La resolución no concluyó que todas las disposiciones del Reinfo fueran por sí mismas contrarias a las normas andinas. Sí cuestionó, sin embargo, la reiteración de las prórrogas y recomendó al Perú abstenerse de adoptar medidas que obstaculicen una formalización efectiva.
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Ipenza fue más crítico durante la entrevista. A su juicio, el Reinfo terminó funcionando como un “mecanismo de impunidad” que ha permitido que determinadas operaciones permanezcan durante años bajo el paraguas de un proceso de formalización sin culminarlo.
Más de 100 dragas operarían actualmente en el río Nanay
El otro frente del proceso se encuentra directamente en Loreto. Ipenza aseguró que más de 100 dragas estarían operando actualmente en la cuenca del Nanay, pese a los operativos realizados por las autoridades.
Los antecedentes oficiales muestran una expansión sostenida. El propio dictamen de la Secretaría General de la CAN recogió información según la cual se identificaron 841 dragas en el río Nanay entre 2017 y 2025, aunque se trata de detecciones acumuladas y no de embarcaciones operando simultáneamente. Solo durante 2025 se identificaron 275.
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La preocupación no se limita a la remoción del lecho de los ríos. La minería aurífera ilegal utiliza mercurio para separar el oro, mientras que las operaciones requieren también grandes volúmenes de combustible y otros insumos que deben ingresar hasta zonas alejadas.
“Tenemos más de 100 dragas actualmente operando en la zona”, afirmó Ipenza, quien cuestionó que los operativos continúen siendo aislados y no estén acompañados de un control sostenido sobre las rutas de abastecimiento ni de trabajos de inteligencia para identificar a quienes financian las operaciones.
¿Qué puede ocurrir ahora con la demanda?
La admisión no significa que el Perú ya haya sido condenado. El TJCA deberá escuchar a las partes, evaluar las pruebas y determinar finalmente si el Estado incumplió normas comunitarias que son obligatorias para Perú, Colombia, Ecuador y Bolivia.
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A diferencia del dictamen emitido previamente por la Secretaría General, una eventual sentencia del tribunal tiene carácter vinculante. Si se declara un incumplimiento, el país debe adoptar las medidas necesarias para corregirlo. El sistema andino contempla además consecuencias posteriores en caso de que un Estado no acate una sentencia.
La controversia llega precisamente cuando el Gobierno prepara un nuevo marco para reemplazar el actual esquema de formalización. El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, anunció que el Ejecutivo espera tener lista en noviembre una nueva Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y sostuvo que el Reinfo “debe tener un punto final”. Su vigencia actual vence el 31 de diciembre de 2026.
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Ipenza advirtió, sin embargo, que cambiar la norma no resolverá por sí solo el problema. Para el especialista, cualquier nuevo sistema deberá venir acompañado de fiscalización efectiva, control de las plantas de beneficio, seguimiento a los insumos utilizados por la minería ilegal y una mayor capacidad para desarticular las organizaciones que operan detrás de la extracción de oro.
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