Las autoridades han iniciado investigaciones contra personeros y miembros de mesa por presuntos delitos contra la voluntad popular y el derecho de sufragio, luego de detectarse cédulas electorales con marcas y manchas de tinta en diversos locales de votación durante la segunda vuelta de las Elecciones 2026.
El caso más reciente se registró en el colegio Enrique Milla Ochoa de Los Olivos, donde se hallaron cédulas con marcas que, según un representante de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), no eran rayones deliberados sino manchas de lapicero.
“Se ha procedido a cambiar esas cédulas y se ha retirado esas cédulas. Y no son marcadas, están manchadas nada más de lapicero”, explicó.
Situaciones similares se han reportado en el Estadio Municipal de Surquillo, donde se detectaron cincuenta y una cédulas con trazos sospechosos en la mesa 051998. Según Latina Noticias, estas incidencias se repitieron en varios locales de votación a nivel nacional, mostrando patrones similares.
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Delitos imputados y proceso penal
La Policía Nacional y el Ministerio Público han consignado en las actas de detención los delitos de atentado contra la voluntad popular y atentado contra el derecho de sufragio, ambos tipificados en el Código Penal peruano y la Ley Orgánica de Elecciones. El abogado Carlos Quiroz, defensor de uno de los detenidos, indicó que la imputación principal es delito contra la voluntad popular y contra el Estado.
“A los intervenidos se les acusa de delitos contra la voluntad popular y derecho de sufragio”, mencionó.
El abogado Walter Gutiérrez señaló que, en muchos casos, los detenidos no eran titulares, sino suplentes que acudieron a cumplir con su deber cívico.
“Muchos han ido a votar de forma natural y han sido intervenidos”. Gutiérrez cuestiona cómo se podría probar la intención de alterar el resultado electoral.
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El experto en temas electorales José Tello explicó que el artículo 359, numeral 4, del Código Penal, establece que manipular cédulas de votación podría ser sancionado con una pena de entre dos y ocho años de prisión. “

Están contemplados como delitos contra la voluntad popular y el artículo 359, específicamente el numeral 4, contempla que una persona involucrada en manipular cédulas de votación podría recibir una pena entre dos y ocho años de prisión”, afirmó Tello.
¿Cuáles son los delitos en las elecciones?
El porte de armas durante los actos electorales constituye una de las infracciones más graves y está prohibido incluso para quienes cuentan con licencia vigente. La legislación peruana estipula que cualquier persona que acuda armada a un local de votación puede enfrentar penas de prisión que van desde un mes hasta un año.
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Otro delito frecuente es la alteración o destrucción de material electoral, que incluye manipular, sustraer o eliminar cédulas, actas u otros documentos relacionados con la votación. Quienes incurren en este tipo de acciones pueden recibir condenas de entre dos y ocho años de prisión, dado que estos actos ponen en riesgo la legitimidad del proceso democrático y pueden distorsionar los resultados electorales. Las autoridades también sancionan el uso de violencia para perturbar o impedir el desarrollo normal de la jornada electoral, con penas que pueden llegar hasta los diez años de cárcel.
La coacción al elector, la suplantación de votantes y la compra de votos son otras figuras penales relevantes en el contexto electoral. Amenazar o ejercer presión para que una persona vote por un candidato específico, votar usando la identidad de otro o entregar dinero o beneficios a cambio del voto son conductas que pueden ser castigadas con hasta cuatro años de prisión.
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