
Cada 1 de mayo se celebra el Día Internacional del Trabajo el cual marca un hito en la defensa de los derechos laborales en Perú. Durante esta fecha, el Estado reconoce el valor del trabajador con un feriado nacional de descanso obligatorio.
Sin embargo, muchos empleados cumplen funciones durante el feriado, y la legislación vigente establece que quien trabaje el 1 de mayo sin acceso a descanso compensatorio recibirá una remuneración triple por esa jornada, según destacó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Triple remuneración en tu jornada del 1 de mayo
El pago que se ejecuta cada feriado laborado es muy importante y según la legislación laboral peruana, el pago triple resulta de la suma de tres conceptos diferenciados:
- El salario habitual del trabajador,
- El pago por el día feriado
- Y un monto adicional por laborar en una jornada que, por ley, corresponde a descanso.
De acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima, esta medida aplica tanto para el sector público como para el sector privado, reforzando la protección de los derechos de quienes deben presentarse en sus centros de labores durante el feriado.

Un ejemplo concreto ilustra el impacto económico para el trabajador: si un empleado percibe un salario mensual de 1.130 soles, su remuneración diaria equivale a 37,40 soles. Si trabaja el 1 de mayo y no accede a día de descanso alternativo, recibirá 113 soles por esa fecha, triplicando el ingreso correspondiente a una jornada ordinaria.
La normativa contempla escenarios donde el feriado coincide con el día de descanso semanal habitual del trabajador. En estos casos, si la empresa no otorga un día libre adicional, el pago especial asciende a cuatro remuneraciones diarias. Así, un colaborador que recibe 100 soles por día podría cobrar hasta 400 soles por esa coincidencia, según información recogida de la CCL.

Derechos laborales y compensación por laborar en un feriado
El cálculo de la compensación responde a la legislación peruana que busca asegurar la retribución justa por laborar en jornadas que, por ley, corresponden a descanso obligatorio. La Cámara de Comercio de Lima explicó que el pago triple solo aplica cuando el trabajador no recibe un día libre compensatorio. En caso de que la empresa otorgue ese descanso en otra fecha, el empleador solo abonará el salario regular por el feriado trabajado.

La disposición legal abarca tanto empleados públicos como privados. No obstante, existen matices según el sector. El año pasado, por ejemplo, el Gobierno peruano dispuso mediante el Decreto Supremo 042-2025-PCM que el viernes 2 de mayo sea día no laborable únicamente para el sector público. Los empleados estatales podían ausentarse ese día, siempre que compensen posteriormente las horas no trabajadas. Este año la medida no aplica porque el 2 de mayo cae día sábado.
Sobre los días no laborables es diferente en el sector privado. La decisión de otorgar un día como no laborable se establece mediante acuerdo entre empleadores y trabajadores. Si no se llega a un consenso, el empleador puede determinar la modalidad de trabajo o descanso.

En el caso de las empresas privadas que prestan servicios esenciales, como salud, agua o electricidad, la designación del personal que debe trabajar el 1 de mayo y durante días no laborables queda bajo la potestad de cada compañía. Esta excepción busca garantizar la continuidad de operaciones consideradas esenciales para el funcionamiento del país. La Cámara de Comercio de Lima subrayó que estos trabajadores también tienen derecho a la compensación especial, salvo que se les otorgue un descanso alternativo.
Diferencias entre un feriado y un día no laborable
Un feriado es una fecha establecida por ley en la que se suspende la actividad laboral y educativa a nivel nacional o sectorial, con derecho a descanso remunerado para los trabajadores. Estos días suelen conmemorar acontecimientos históricos, religiosos o cívicos y resultan de cumplimiento obligatorio tanto para el sector público como privado. Si un empleado trabaja en feriado, la legislación peruana establece el pago de una remuneración adicional, salvo que se otorgue un día de descanso sustitutorio.
En contraste, un día no laborable es una disposición adoptada generalmente por el gobierno central o regional, dirigida sobre todo al sector público, para promover actividades turísticas, culturales o facilitar la continuidad de periodos festivos. Los días no laborables pueden ser recuperables, lo que implica que las horas de trabajo se compensan en fechas posteriores. En el sector privado, la aplicación de estos días queda sujeta a acuerdo entre empleador y trabajador, por lo que no siempre se consideran de descanso obligatorio.
La diferencia principal entre ambos radica en su obligatoriedad y en las condiciones de pago. Mientras que los feriados otorgan descanso obligatorio y pago extra si se labora, los días no laborables no necesariamente implican cese de actividades ni compensación económica, y su cumplimiento depende de acuerdos internos en las empresas o instituciones. Esta distinción resulta relevante para los trabajadores al momento de planificar sus actividades y conocer sus derechos laborales según el calendario nacional.
En suma, la ley peruana garantiza que cada trabajador que preste servicios durante el Día Internacional del Trabajo, sin acceder a descanso compensatorio, perciba una remuneración triple. Además, reconoce situaciones especiales en las que el pago puede superar ese monto, reforzando la protección de los derechos laborales durante fechas emblemáticas para la clase trabajadora.
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