
El Tribunal Constitucional ordenó la liberación del exministro del Interior Daniel Urresti tras anular su condena de 12 años de prisión que el Poder Judicial le impuso por el asesinato con alevosía del periodista Hugo Bustíos.
Para ello, los magistrados aplican la cuestionada Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad, norma cuya constitucionalidad ratificó a finales de 2025.
Aplicando la norma, el TC sostiene que el crimen cometido contra Bustíos en 1988 no puede catalogarse como delito de lesa humanidad porque ocurrió antes de que en el Perú entrara en vigencia el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Así, el delito de asesinato con alevosía cometido contra Bustíos no es imprescriptible, por lo que tienen que aplicarse los plazos de prescripción previstos en el Código Penal de 1924, vigente cuando ocurrieron los hechos.
Este plazo es de 30 años, es decir, una prescripción ordinaria de 20 años más un plazo extraordinario de 10 años.
“El plazo de 20 años se extiende hasta el 24 de noviembre de 2008. Y, si en dicho momento, el recurrente hubiera estado sujeto a una investigación o juzgamiento, con la aplicación del plazo extraordinario, la posibilidad de procesarlo y sancionarlo habría estado vigente hasta el 24 de noviembre de 2018″, se lee en el fallo.
Por ello, el Tribunal Constitucional concluyó que “al momento de que Daniel Urresti fue condenado a 12 años de prisión, el plazo de prescripción de la acción penal había vencido”.

Excepciones en el caso de Daniel Urresti
Anteriormente, el TC había establecido que en casos de abusos cometidos por las fuerzas del orden durante la época de la lucha contra el terrorismo, el plazo de prescripción debería computarse desde 2002. Ello porque “cuando los obstáculos (leyes de amnistía y sentencias del fuero militar) para el procesamiento de hechos ocurridos con anterioridad a esta última fecha, imputados a las fuerzas del orden, fueron removidos”.
“Pero ello no resulta aplicable al caso de autos, al no acreditarse que el recurrente haya sido beneficiado con las leyes de amnistía expedidas en la década de los 90s, ni mucho menos que haya realizado actos para evadir o impedir su juzgamiento”, se lee.
Por ello es que el TC calcula el cómputo del plazo de prescripción desde la fecha en que se cometió el asesinato de Hugo Bustíos, esto es, desde el 24 de noviembre de 1988.
Votaron a favor de liberar a Daniel Urresti los magistrados Luz Pacheco (presidenta del TC), Helder Domínguez, Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Pedro Hernández. El único voto en contra fue el del tribuno Manuel Monteagudo.

Impunidad
La hija de Hugo Bustíos, Sharmelí Bustíos, envió un mensaje tras conocerse el fallo del Tribunal Constitucional a favor de Daniel Urresti.
“Hoy, 20 febrero, mi padre estaría cumpliendo 76 años. No está aquí para celebrar su vida y honrar su presencia. Increíblemente, quien fue condenado por su asesinato saldrá libre, pues el TC anuló su sentencia de 12 años. Tu memoria, papá, estará siempre por encima de la ignominia”, expresó.
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