
En un fallo histórico para la defensa de los derechos territoriales y ambientales en el Perú, el Sétimo Juzgado Constitucional de Lima ha ordenado la ejecución inmediata de la sentencia que obliga al Ministerio del Interior (Mininter) a implementar protocolos específicos de protección para defensores de derechos humanos. Esta resolución implica que el Estado no podrá esperar al resultado de las apelaciones para actuar. La seguridad de los líderes en riesgo debe ser prioritaria y efectiva desde este mismo momento y sin más dilaciones.
La decisión judicial responde a la demanda interpuesta en 2022 por organizaciones indígenas como la Feconau, FENACOKA y Fepikecha. El mandato busca que el Mininter, en coordinación con el Ministerio de Justicia, apruebe finalmente los lineamientos de actuación para que la Policía Nacional del Perú (PNP) ejecute medidas de protección urgentes que hasta hoy solo existían en el papel, pero carecían de operatividad logística y financiera.
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Una carrera contra la impunidad en la Amazonía
La premura que exige el Poder Judicial es un intento de frenar la sangrienta realidad del país. Desde que se interpuso la demanda en agosto de 2022, doce líderes indígenas de los pueblos Kakataibo, Kichwa y Tallán han sido asesinados en contextos de asedio por el narcotráfico y la tala ilegal. Para las organizaciones que custodian el territorio, la protección legal ha llegado siempre tarde, postergada por una burocracia estatal que el Sétimo Juzgado ha decidido hoy terminar de forma definitiva.

Álvaro Másquez Salvador, responsable del Observatorio para Defensores Indígenas del IDL, sostiene que el destino de estos doce dirigentes habría sido distinto si el Ministerio del Interior no se hubiera resistido sistemáticamente a reglamentar la labor policial en zonas de riesgo.
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“Procesalmente, esto significa que la sentencia deberá ser cumplida sin esperar el trámite de las apelaciones que ya interpuso el Estado”, explica Másquez. Según el abogado, la decisión del juzgado es un imperativo de justicia que obliga a actuar rápidamente. “Aunque el proceso continúe en segunda instancia o llegue al Tribunal Constitucional, lo decidido debe ejecutarse desde ahora mismo”, aclaró el especialista jurídico.
Los detalles de la orden
El fallo original de octubre de 2025, cuya ejecución se exige ahora sin dilaciones, ordena la publicación de una resolución ministerial que detalle minuciosamente cómo la Policía Nacional debe intervenir en escenarios de alta peligrosidad. La resolución del juzgado incide en que la protección no puede ser solo declarativa, sino que requiere de estrategias de financiamiento sólidas. Los nuevos lineamientos deben incluir presupuestos que permitan la implementación del Mecanismo Intersectorial, ya que, sin recursos económicos asignados, las órdenes de protección resultan inalcanzables en las zonas más lejanas del país.
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Asimismo, la justicia exige que se establezcan pautas claras en los planes de actividades de la policía. Esto implica definir protocolos que permitan a los efectivos actuar de manera oportuna y ejecutar las medidas de protección urgentes que solicitan los defensores en situación de vulnerabilidad extrema. Con este mandato, el Ministerio del Interior tiene un plazo de once días para informar sobre las acciones iniciadas.
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