
En medio de la recolección de firmas para convocar a un pleno extraordinario a fin de debatir su vacancia, no se descarta la posibilidad de que José Jerí renuncie a la Presidencia. No sería la primera vez que un funcionario, ante su inminente rechazo en el Congreso, opte por dimitir. Sin embargo, la situación se complica al encontrarnos en receso parlamentario.
Al respecto, Infobae Perú consultó con César Delgado Guembes y José Cevasco, exoficiales del Congreso, a fin de analizar los procedimientos parlamentarios y las consecuencias inmediatas de la eventual renuncia, sobre todo ante la ausencia de la totalidad de legisladores.
¿Qué pasará con la Presidencia si José Jerí renuncia?
De acuerdo con el constitucionalista Delgado Guembes, la renuncia presidencial no se resume al anuncio, sino que debe ser presentada formalmente y sometida a conocimiento y aprobación del pleno del Congreso: “Si presenta la renuncia, el pleno debe aceptarla. No creo que se la denegaran, pero el acto debe ser perfeccionado por la aceptación congresal”. No obstante, Cevasco sostuvo que si es irrevocable, es automática, sin necesidad de que sea aceptada.
Ambos coinciden en que, solo en un escenario como el de Manuel Merino, se tendría que elegir a una nueva Mesa Directiva, pues todos los integrantes se sumaron a la renuncia. Sin embargo, si solo dimite Jerí, la elección se limita a elegir a su sucesor.
En ese caso, el presidente del Congreso interino—Fernando Rospigliosi— debe convocar a una elección interna para designar al nuevo titular del Parlamento. El elegido no solo asumirá la presidencia del Congreso, sino que, conforme al orden constitucional, pasará a ocupar la Presidencia de la República de manera interina.
Receso parlamentario complica la situación
Ambos especialistas coinciden en que la tramitación de la renuncia y la elección del nuevo presidente del Congreso pueden verse condicionadas por el periodo de receso parlamentario. Durante este periodo, la Comisión Permanente asume algunas funciones, pero la aceptación de la renuncia y la elección del reemplazante requieren una sesión plenaria.
El abogado precisa que, ante la renuncia de Jerí en receso, él mismo debería convocar una legislatura extraordinaria para que el pleno acepte su dimisión y elija a su sucesor. “Junto con su renuncia, el señor Jerí tendría que convocar una legislatura extraordinaria en la que se prevea su reemplazo. Eso sería el escenario normal; no cabría que se mantenga en la presidencia con la renuncia pendiente de aceptación”, enfatizó.
Al respecto, el artículo 50 precisa que si el presidente firma el decreto de convocatoria a legislatura extraordinaria, una vez publicado, la norma establece que “el presidente del Congreso ordena que de inmediato se cite a los Congresistas”.

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