Condenan a la procuradora General del Estado, María Caruajulca, por omisión y rehusamiento de actos funcionales

Poder Judicial impuso el pago de una reparación civil de mil quinientos soles a favor del denunciante y 30 días multa. Sentencia pone en entredicho su permanencia como representante de la defensa jurídica del Estado peruano

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Abogada condenada por delitos de
Abogada condenada por delitos de omisión y rehusamiento de actos funcionales.| Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón)

El Poder Judicial declaró culpable a María Caruajulca Quispe, actual Procuradora General del Estado, por los delitos de omisión y rehusamiento de actos funcionales. La sentencia, leída este lunes por la jueza Carolina Huamaní Reyes, marca un hecho inédito en la más alta instancia de defensa jurídica del Estado peruano.

La Procuraduría General del Estado tiene entre sus funciones la representación y defensa jurídica del Estado, incluyendo la denuncia de irregularidades cometidas por ministros, congresistas y el propio presidente de la República. Sin embargo, según el fallo, la titular de la entidad incumplió estos deberes cuando se negó a entregar información pública relevante.

El caso se remonta a la gestión de Caruajulca como procuradora de la Municipalidad de Comas. Durante ese periodo, la funcionaria rechazó entregar la relación de denuncias presentadas bajo su administración, vulnerando así los principios de transparencia pública. Este acto fue denunciado penalmente en 2020 por Dylan López, presidente de la Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte.

La jueza Huamaní Reyes consideró probado que la funcionaria impartió órdenes para negar solicitudes de información, lo que se configura como una conducta dolosa. La sentencia enfatiza que la negativa reiterada a entregar datos públicos vulnera derechos fundamentales y constituye un abuso de autoridad.

En la audiencia, María Caruajulca Quispe anunció la imposición del recurso de apelación. De ratificarse la decisión judicial, deberá pagar una reparación civil de mil quinientos soles a favor del denunciante, además de 30 días multa. Si bien la Fiscalía solicitó una pena de prisión de ocho meses, el juez determinó que la condena no se ejecutará al no contar Caruajulca con antecedentes penales. Sin embargo, la funcionaria queda sometida a reglas de conducta que la jueza evaluará periódicamente.

Vale mencionar que el comportamiento de la actual Procuradora General no se limitó a su etapa en la Municipalidad de Comas. Según reveló el programa Punto Final, en 2025 la entidad presidida por Caruajulca negó dos veces la entrega del número de denuncias presentadas contra altos funcionarios, replicando la conducta por la que fue finalmente condenada.

“La doctrina respecto a este delito ya establece que se trata de una conducta dolosa, porque en el juicio se demostró que ella daba las órdenes para negar las solicitudes de información”, explicó Dylan López.

Permanencia en duda

La normativa vigente establece que los procuradores no pueden ejercer el cargo si tienen una condena dolosa. Esta condición introduce incertidumbre sobre la continuidad de la funcionaria al frente de la Procuraduría General del Estado.

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