JEE concede la apelación de Perú Primero contra la tacha de Mario Vizcarra y eleva el caso al JNE

Agrupación pide que se inaplique la Ley 30717 que impide que postulen condenados por corrupción y permitir la candidatura del hermano de Martín Vizcarra

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Mario Vizcarra y Martín Vizcarra
Mario Vizcarra y Martín Vizcarra en una actividad proselitista de Perú Primero. Foto: Perú Primero

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE Lima Centro 1) concedió la apelación de Perú Primero contra el fallo que dejó fuera de carrera a Mario Vizcarra y elevó el expediente al pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Se trata de la resolución del JEE que declaró fundadas las tachas contra Mario Vizcarra por la condena por peculado que se le impuso en octubre de 2005 y la aplicación de la Ley 30717 que impide que sentenciados por corrupción postulen aunque hayan cumplido su pena.

El JEE admite la impugnación de Perú Primero luego de que este cumpliera con subsanar el pago de la tasa electoral. Inicialmente el partido pagó 1.605 soles, pero dicho monto correspondía a la tasa calculada con la UIT vigente en 2025. La tasa actualizada al 2026 es 1.650 soles.

Ahora, el JNE deberá convocar una audiencia pública para escuchar los argumentos de Perú Primero. Luego, el Pleno deliberará y dará a conocer su decisión.

JEE concede apelación de Perú
JEE concede apelación de Perú Primero

Piden inaplicar ley 32107

En la apelación presentada, a la que accedió Infobae, Perú Primero insiste en que el JNE debe apartarse de la interpretación que ha aplicado hasta ahora y autorizar la inscripción de la fórmula encabezada por Mario Vizcarra, hermano del expresidente Martín Vizcarra.

Los argumentos de la agrupación se centran la Ley 30717, que impide la postulación de ciudadanos condenados por delitos de corrupción, incluso si ya cumplieron su condena y fueron rehabilitados.

El partido señala que, aunque la Ley 30717 sigue formalmente vigente porque el TC no logró declararla inconstitucional, los mismos fallos del tribunal establecieron que su aplicación “literal” podría transgredir derechos fundamentales, especialmente en lo referente a la participación política de personas rehabilitadas.

Apelación de Perú Primero
Apelación de Perú Primero

De acuerdo con el documento, Perú Primero advierte que nunca antes el JNE ha inaplicado esta ley, pero remarca que sostener esta línea “viene afectando el ejercicio del derecho a la participación política y a ser elegido del ciudadano Mario Enrique Vizcarra Cornejo”.

A lo largo del recurso, Perú Primero sostiene que solo una condena penal vigente justificaría la exclusión de Vizcarra. Argumentan que presentaron la resolución judicial que acredita la rehabilitación y además destaca que ya se declaró prescrita la reparación civil en ese expediente.

La agrupación cuestiona, además, que el JEE se ampare en una interpretación limitada del alcance de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional (TC), alegando que los efectos de sus exhortaciones se extienden a todos los órganos electorales y no solo al Pleno del JNE.

El partido subraya que el JEE Lima Centro 1 emitió un fallo que, según su postura, ignora la jurisprudencia constitucional, pues “ha declarado la improcedencia de la candidatura de Mario Vizcarra de la contienda electoral, sobre la base de una interpretación literal que está de espaldas a la realidad constitucional pues ha optado por una interpretación que omite el contenido de la rehabilitación y sus efectos jurídicos”.

Finalmente, la agrupación política acusa al JEE de fundamentar su resolución en una decisión previa del JNE que fue anulada por el Tribunal Constitucional y de citar un voto en minoría perteneciente a un magistrado en una sentencia que, precisamente, favorecía la inaplicación de la Ley 30717. Si la autoridad electoral mantiene la exclusión, Perú Primero recurriría a la vía judicial y eventualmente ante el TC, aunque advierte que para entonces, el proceso electoral habría terminado y la candidatura de Mario Vizcarra quedaría irremediablemente fuera de competencia.