
El Congreso acelera el trámite de una segunda denuncia constitucional contra la inhabilitada fiscal de la Nación Delia Espinoza, cuyo informe final propone imponer una segunda inhabilitación por 10 años contra la magistrada.
La Comisión Permanente programó para este miércoles 17 el debate y votación de este segundo informe final contra Espinoza. Así se lo comunicó el oficial mayor Giovanni Forno a la titular del Ministerio Público.
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“De conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú y el literal f) del artículo 55 del Reglamento del Congreso, se concederá el uso de la palabra a usted y, si así lo solicita, a su abogado defensor, para que haga uso de su derecho de defensa, de manera presencial o a través de la plataforma de sesiones virtuales del Congreso”, se lee en el oficio remitido.

En caso de que Espinoza o su abogado den sus descargos, la Comisión Permanente procederá a votar la propuesta de inhabilitación por 10 años. Si se aprueba, el documento pasará al Pleno del Congreso para una decisión final.
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Cabe precisar que el Congreso ya inhabilitó arbitrariamente a Delia Espinoza por supuestamente haber aprobado el Reglamento denominado “Actuación Fiscal en la Investigación del delito”, a pesar de que informes del Ministerio Público confirman que la fiscal suprema no intervino en la elaboración de dicho documento.
Buscan segunda inhabilitación de Delia Espinoza
El informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso concluye que Delia Espinoza supuestamente incurrió en infracción constitucional al presentar una denuncia contra 11 congresistas por la aprobación de una ley que permitió que congresistas exmilitares puedan recibir, además de su sueldo, una pensión de las Fuerzas Armadas.
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Según el informe final, la presentación de la denuncia constitucional por parte de Espinoza, al imputar a los congresistas el delito de negociación incompatible por su voto en la Comisión de Defensa, constituye una supuesta transgresión a la garantía de que los parlamentarios no pueden ser responsabilizados por sus opiniones y votos en el ejercicio de sus funciones. El informe sostiene que la inviolabilidad parlamentaria es una protección institucional que impide cualquier tipo de persecución penal o política por el sentido del voto, salvo en casos excepcionales que no se configuran en este caso.
Pese a la supuesta infracción constitucional, el informe descarta que la conducta de la fiscal configure los delitos de abuso de autoridad o prevaricato, al no haberse acreditado un perjuicio concreto ni la emisión de una resolución manifiestamente contraria a la ley, respectivamente.
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El informe también rechaza los argumentos de la defensa de Espinoza sobre supuestos vicios de imparcialidad y nulidad procesal, señalando que el procedimiento parlamentario no contempla causales de recusación o abstención para congresistas que hayan sido previamente investigados por el Ministerio Público.
Finalmente, el informe recomienda archivar los extremos referidos a los delitos penales y a la presunta infracción de los artículos 158 y 159 de la Constitución, pero propone acusar a Delia Espinoza por infracción constitucional y sancionarla con una inhabilitación desproporcionada de 10 años.
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