
El Congreso de la República publicó en El Peruano la resolución legislativa que inhabilita por 10 años de la función pública a la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, por supuesta infracción a la Constitución.
Se trata de la resolución 008-2025-2026-CR, la misma que consigna que Espinoza Valenzuela habría infringido los artículos 38, 103, 109, 159 (numerales 1 y 4) y 166 de la carta magna. Esto al supuestamente haber aprobado el reglamento denominado “Actuación Fiscal en la Investigación del delito“; sin embargo, esto es falso.

De acuerdo con informes de la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, entre agosto y diciembre de 2024 no se sometió a debate, deliberación ni votación el Reglamento de Actuación Fiscal en la Investigación del delito. El documento, publicado por el Ministerio Público en octubre de 2024, fue elaborado por la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. En la versión final, se retiraron los nombres de los responsables de cada oficina y se consignó que fue “aprobado por Juan Carlos Villena Campana, fiscal de la Nación (i)”.
El informe final de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales sostiene que el reglamento contradice la Ley 32130 y atribuía responsabilidad a los fiscales supremos Juan Carlos Villena, Zoraida Ávalos, Pablo Sánchez y Delia Espinoza. Sin embargo, la Comisión Permanente del Congreso solo aprobó la propuesta de inhabilitación contra Espinoza, con 16 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones. Las propuestas contra los otros fiscales supremos no prosperaron, ya que las abstenciones superaron los votos a favor y en contra.
El reglamento fue publicado para cubrir vacíos legales de la Ley 32130, que otorgó la investigación preliminar a la Policía Nacional del Perú.
Oficializan acusación
El Congreso también publicó la resolución que acusa constitucionalmente a Delia Espinoza para que sea procesada penalmente por prevaricato, abuso de autoridad, falsedad genérica y usurpación de funciones. La decisión permite que se le levante el fuero y que el fiscal de la Nación interino, Tomás Gálvez, presente una denuncia penal por estos delitos.

El Congreso sostiene que Espinoza habría incurrido en abuso de autoridad al modificar de facto los roles de la Policía Nacional y el Ministerio Público con el reglamento. Sobre el delito de prevaricato, se le atribuye haber dispuesto que los fiscales no cumplan con la Ley 32130 y sigan aplicando normas modificadas del Código Procesal Penal. Además, se le imputa falsedad genérica por supuestas “afirmaciones fraudulentas” en la resolución que aprobó el reglamento, y usurpación de funciones por instigar a la Policía a actuar fuera de sus competencias.
La denuncia constitucional también incluyó a los fiscales supremos Juan Carlos Villena, Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez, pero la Comisión Permanente rechazó acusarlos por presuntos delitos. Solo procedió contra Espinoza, a pesar de que no firmó ni aprobó el reglamento.
Espinoza se pronuncia
La suspendida fiscal de la Nación Delia Espinoza denunció que su inhabilitación por 10 años, aprobada por el Congreso, constituye un intento de intimidar a los fiscales y debilitar la autonomía del Ministerio Público. En conferencia de prensa, Espinoza afirmó: “Nuestro Ministerio Público terminó de ser tomado”, al acusar a los legisladores de cometer “una fechoría tras otra”.
Espinoza anunció que presentará una acción de amparo ante el Poder Judicial y nuevas denuncias por presuntas infracciones constitucionales, al considerar que la decisión parlamentaria vulnera la institucionalidad democrática. Además, cuestionó la posibilidad de que la Junta de Fiscales Supremos designe a otro titular, señalando que esto sería una forma de “convalidar la inconstitucionalidad” de la actuación del Congreso.
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