
El grupo parlamentario Fuerza Popular presentó un nuevo proyecto de ley que busca eximir de responsabilidad penal a policías y militares por muertes y lesiones acontecidas durante la represión de protestas sociales. Esta propuesta, impulsada por el congresista Fernando Rospigliosi, modificaría el artículo 20 del Código Penal y otorgaría inmunidad a efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas (FFAA) en el uso de la fuerza para resguardar bienes jurídicos del Estado, privados y la integridad de la ciudadanía.
“Está exento de responsabilidad penal: […] 11. El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su función constitucional, defendiendo los activos críticos nacionales, los locales del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Policía Nacional del Perú, de las Fuerzas Armadas, así como otros locales de entidades públicas o bienes jurídicos del Estado o de privados, así como la vida e integridad física propia o de terceros, y en uso de sus armas u otro medio de defensa, en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte", propone el documento.
El texto legal también incluye una modificación al artículo 92 del Código Penal, que impediría la exigencia de reparación civil para quienes queden eximidos bajo esta normativa. De aprobarse, quedaría escrito de esta manera: “La reparación civil se determina conjuntamente con la pena y es un derecho que solo corresponde a la víctima del delito, que debe efectivizarse durante el tiempo que dure la condena. El juez garantiza su cumplimiento. No corresponde pago de reparación civil a quien está exento de responsabilidad penal conforme a los numerales 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 11 del artículo 20.”

Por si fuera poco. El proyecto establece jurisprudencia inmediata para hechos ocurridos durante las manifestaciones registradas entre los años 2022 y 2023, periodo en el que se reportaron enfrentamientos con alto saldo de víctimas fatales y heridos tanto entre manifestantes como miembros de las fuerzas del orden.
Introduce la siguiente Disposición Complementaria Transitoria que garantiza aplicación retroactiva en favor de quienes ya hayan sido denunciados, procesados o condenados por hechos derivados de su intervención en protestas: “La presente Ley es aplicable a los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas (FFAA) que hayan sido denunciados, investigados, procesados o condenados penalmente por hechos derivados o vinculados a su intervención en acciones de defensa de los activos críticos nacionales, de los locales del Poder Judicial, del Ministerio Público, de otras entidades públicas, de bienes jurídicos del Estado o de propiedad privada, así como de la vida e integridad física propia o de terceros, en el contexto de los actos de violencia registrados durante las marchas y protestas ocurridas en los años 2022 y 2023.”
En la exposición de motivos, el titular del Parlamento justifica la iniciativa por el contexto de violencia que marcó las protestas posteriores a la destitución de Pedro Castillo Terrones y la asunción de Dina Boluarte Zegarra como presidenta. El documento describe ataques contra infraestructura pública y privada, bloqueos de vías en varias regiones y agresiones a agentes policiales y militares.
Destaca que, de acuerdo con reportes de la Defensoría del Pueblo, las protestas dejaron al menos 48 civiles fallecidos en enfrentamientos con las fuerzas del orden y múltiples denuncias y procesos penales contra más de 280 policías y 47 militares implicados en acciones represivas.

Organizaciones como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y la comunidad internacional han advertido el riesgo de que este tipo de legislación incremente la impunidad en crímenes cometidos durante operativos de control de protestas, recordando que medidas similares, como la reciente ley de amnistía elaborada también por Rospigliosi y promulgada bajo el mandato de Boluarte, han generado rechazo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
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