
El Ministerio del Interior (Mininter) ha publicado un proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 11 de los Lineamientos Rectores para la ejecución de los servicios policiales, con el objetivo de incluir la custodia del transporte de dinero y valores como causal específica para la prestación de Servicios Policiales Extraordinarios (SPEs) por la Policía Nacional del Perú (PNP).
El documento, difundido a través del portal institucional, plantea un ajuste normativo que responde al incremento de delitos violentos relacionados a esta actividad y la necesidad de aportar mayor capacidad preventiva y disuasiva en sectores considerados estratégicos para la economía nacional.
Nueva causal para servicios policiales extraordinarios: custodia de dinero
La Resolución Ministerial N.° 1963-2025-IN señala una insuficiencia del marco vigente, que autoriza la prestación voluntaria de SPEs por parte de efectivos policiales fuera de turno, pero no contemplaba de forma expresa la protección del transporte de caudales.
Esta omisión, de acuerdo con el Ministerio del Interior, limitaba la respuesta operativa de la PNP y la cobertura formal de riesgos frente a un contexto de creciente criminalidad.
Datos ofrecidos por el Observatorio de Criminalidad del Ministerio del Interior muestran que en el periodo 2022-2024 los delitos contra el transporte de valores tuvieron un aumento del 18%. Además, la victimización por armas de fuego subió de 11,3% a 12,7%, el robo a negocios pasó de 0,4% a 0,9% y el robo de vehículos de 2,8% a 3,2%.
En 2023 se reportaron 51.764 denuncias por robo agravado, y hasta noviembre de 2024, 4.577 denuncias por asalto y robo de vehículos. Los delitos patrimoniales representan el 70% de las denuncias en comisarías a nivel nacional.
Caudales: delitos contra transporte de valores suben 18%
El proyecto incorpora la seguridad en el transporte de dinero y valores como causal expresa para que la PNP asigne personal en condición de vacaciones, permiso o franco a solicitud de entidades públicas y privadas. Este servicio mantendrá carácter voluntario para los policías e implicará procedimientos de acreditación y evaluación a cargo de la propia institución, reforzando el control institucional y las garantías legales.
La financiación de los servicios extraordinarios seguirá recayendo exclusivamente en las entidades solicitantes, manteniendo la lógica de no representar un costo adicional para el Tesoro Público ni exigir recursos extraordinarios de la administración. Se busca, además, formalizar y transparentar esta modalidad de prestación, evitando la proliferación de servicios informales y mejorando las condiciones laborales de los policías.
En adelante, las situaciones extraordinarias en que se puede asignar personal de vacaciones, permiso o franco, para la realización de servicios policiales extraordinarios, serán las siguientes:
- Para atender la seguridad externa en eventos públicos artísticos, deportivos y culturales, cuando por el número de asistentes se pueda alterar el orden público o encontrarse en riesgo la integridad física y vida de los asistentes al evento.
- Para atender la seguridad externa de instituciones educativas.
- Para atender la seguridad de instituciones bancarias y financieras.
- Para atender la seguridad externa de instalaciones estratégicas vinculadas con la explotación o transporte de recursos naturales.
- Para atender necesidades adicionales a la asignación regular en la jurisdicción de gobiernos regionales o locales, en lo que se refiere a actividades de patrullaje integrado para mejorar la seguridad ciudadana, así como colaboración con otras entidades del Estado o entidades privadas que presten servicios públicos por delegación del Estado.
- Para el transporte de armas de fuego y explosivos de uso civil.
- Para atender la seguridad interna y externa en locales abiertos al público, cuando por el número de visitantes se pueda alterar el orden público o encontrarse en riesgo la integridad física y vida de los visitantes. En este supuesto se requerirá informe favorable previo de la Policía Nacional del Perú y la acreditación por parte del solicitante del número de visitantes o asistentes por día, semana y mes que justifique la prestación de los servicios policiales extraordinarios.
- Para atender la seguridad de los fiscales y jueces del Ministerio Público y el Poder Judicial, respectivamente, de acuerdo a las funciones y/o naturaleza de los casos que tienen a su cargo que pueden poner en riesgo su vida o integridad física. En este supuesto se requerirá informe favorable previo de la Policía Nacional del Perú y la acreditación por parte del solicitante que justifique la prestación de los servicios policiales extraordinarios.
- Para atender de manera complementaria la seguridad en el transporte de dinero y valores.
Mininter busca frenar robos a caudales con cambios en servicios policiales
Las autoridades esperan que la ampliación de los supuestos de SPEs incremente la presencia policial en puntos críticos del ciclo económico-financiero, fortalezca la prevención ante delitos de alto impacto y proteja la integridad de la ciudadanía y sus bienes.
Según la exposición de motivos elaborada por la Policía Nacional, se estima que la medida permitiría reducir entre un 5% y 10% los asaltos a caudales y transportes de valores, dependiendo del despliegue operativo y la cobertura alcanzada.
Durante 15 días, entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos podrán remitir sugerencias o comentarios sobre el proyecto normativo a la dirección electrónica designada por la PNP.
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