El Ministerio Público insiste en garantizar la permanencia de la vacada expresidenta Dina Boluarte en territorio nacional durante los próximos 36 meses. Tal como ya lo habían adelantado en audiencia, la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos formalizó la apelación contra el rechazo judicial del 15 de octubre respecto a la medida restrictiva, en el marco de una investigación por presunto lavado de activos en agravio al Estado.
De acuerdo con la información de RPP, el Ministerio Público sostiene que su impugnación está fundamentada en la defensa de los derechos constitucionales relacionados con el debido proceso, la adecuada motivación de las resoluciones judiciales y la garantía de pluralidad de instancias. La entidad fiscal pide que la superioridad revoque la negativa dictada en primera instancia, y de manera alternativa, que se declare la nulidad de esa resolución para revaluar la pertinencia de la medida restrictiva.
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¿Por qué caso se rechazó el impedimento de salida?
El juez Fernando Valdez, del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, denegó la petición de impedimento de salida al considerar que no existe sospecha simple reforzada sobre la presunta comisión del delito de lavado de activos por parte de Dina Boluarte. El magistrado argumentó que los aportantes de fondos a la cuenta mancomunada cuestionada manifestaron en sus declaraciones que el dinero provino exclusivamente de sus remuneraciones y salarios, por lo que se descarta que tuviera un origen ilícito. “Si es de su sueldo, es un dinero limpio, no se puede ensuciar a través de una donación”, afirmó el juez, según recogió RPP.
La investigación fiscal señala que Boluarte, junto a Braulio Grajeda, abrió en 2020 una cuenta mancomunada destinada a recaudar fondos entre militantes de Perú Libre con el propósito de pagar la reparación civil impuesta al líder de esa agrupación, Vladimir Cerrón, actualmente prófugo. Una versión apunta a que parte de ese dinero tendría procedencia ilegal, presuntamente vinculado a la organización conocida como Los Dinámicos del Centro. Sin embargo, el juez Valdez descartó este supuesto tras referirse a la falta de sentencia que avale la colaboración eficaz de quien brindó esa información. “Esta declaración por si sola no puede justificar la restricción de un derecho”, remarcó el magistrado en audiencia.
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El monto bajo sospecha involucra 15.000 soles, suma que, según el juez, siempre fue transferida íntegramente a Cerrón y nunca retornó a “Boluarte”. “No existen indicios de que el dinero tenga origen maculado”, concluyó en su resolución.
En la fundamentación de su pedido, el Ministerio Público argumentó que existía riesgo de fuga por parte de Dina Boluarte —dado que en años recientes realizó viajes al extranjero— y consideró indispensable su presencia para garantizar su declaración y el desarrollo de careos programados con otros investigados. No obstante, el juez respaldó la posición del abogado defensor Juan Carlos Portugal, al subrayar que los viajes realizados corresponden exclusivamente al período en que la involucrada se desempeñó como presidenta del país.
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Ahora, el expediente se encuentra en manos de la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional. Si dicha instancia admite el recurso, deberá convocar una audiencia virtual con todas las partes procesales antes de tomar una decisión definitiva sobre el impedimento de salida.
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