
La congresista del Bloque Democrático Popular, Ruth Luque, presentó el proyecto de ley 12803 para sancionar a policías que hayan ejercido violencia física o psicológica contra personas con las que mantengan o hayan mantenido una relación afectiva.
De esta manera, se busca cerrar un vacío normativo que, según la legisladora, ha permitido la impunidad administrativa en casos de agresiones cometidas fuera del ámbito familiar.
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Para ello, se busca modificar las infracciones MG-89 y MG93 del Anexo III de la Ley 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú (PNP). Como coautoras figuran sus compañeras de bancada Susel Paredes y Sigrid Bazán.

¿Cuáles serían las sanciones?
De aprobarse los cambios, la norma quedaría de la siguiente manera:
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- De 6 meses a 1 año de disponibilidad (Infracción MG 89): Maltratar física o psicológicamente a los miembros del grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; así como a la pareja o persona con quien mantenga o haya mantenido una relación sentimental sin convivencia, cuando se requiera entre 1 y 10 días de asistencia facultativa o hasta 10 días de descanso médico, o cuando se acredite la existencia de un nivel moderado de daño psíquico
- Pase a la situación de retiro (Infracción MG 93): Maltratar física o psicológicamente a los miembros del grupo familiar de conformidad al inciso b) del artículo 7 de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; así como a la pareja o persona con quien mantenga o haya mantenido una relación sentimental sin convivencia, cuando se requiera más de 10 días de asistencia facultativa o más de 10 días de descanso médico, o cuando se acredite la existencia de un nivel grave o muy grave de daño psíquico.
Ruth Luque defiende medida
“No más policías agresores trabajando. Hace días atrás Ojo Público identificó que “varios agentes fueron absueltos en sus procesos disciplinarios porque la agresión no fue contra su conviviente o exconviviente, sino a su enamorada u otra mujer con la que no comparte una vivienda”, dijo la legisladora por medio de su cuenta personal de Twitter/X.
“Esto es inaceptable. Por ello he presentado el PL 12803 que modifica el régimen disciplinario de la PNP a fin de evitar que el vacío normativo permita impunidad. Como lo ha detallado ampliamente la investigación, una de las justificaciones es que las mujeres civiles no convivientes están excluidas y se valora que no hubo daño a la imagen institucional. Esta injusticia debe detenerse”, añadió.
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¿Cuál es la justificación?
De acuerdo con el proyecto de ley, entre 2018 y 2024, se investigaron 2.239 miembros de la Policía Nacional por denuncias de violencia contra la mujer y personas en situación de vulnerabilidad, según Ojo Público. En la mayoría de los casos, menciona, las sanciones disciplinarias fueron mínimas o inexistentes: el 31 % de los efectivos policiales fueron absueltos, otro 31 % sancionado y solo un 3 % recibió la sanción máxima de pase al retiro.
La Defensoría del Pueblo, por su parte, reportó que al menos 19 agentes denunciados por violencia hacia mujeres en el Vraem aún permanecen en funciones en diversas dependencias policiales. En marzo de este año, el feminicidio de una mujer de 28 años cometido por un policía evidenció la persistencia de estos problemas.
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“El vacío normativo actual permite que hechos de violencia cometidos por efectivos policiales queden sin sanción disciplinaria, aun cuando paralelamente existen denuncias y procesos penales en curso en los que eventualmente el efectivo policial agresor terminaría siendo condenado. Esta situación puede interpretarse como un mecanismo que reproduce patrones de violencia contra la mujer y contradice los valores de ética, honor y disciplina que deben sustentar el trabajo de la Policía Nacional del Perú”, sostiene la parlamentaria.
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