
El Grupo Bolsa de Valores de Lima (BVL) manifestó su preocupación por la reciente aprobación de la Ley N° 32445, que autoriza el retiro extraordinario y opcional de fondos de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
La entidad resaltó que, en el contexto actual, los sistemas de pensiones son un pilar básico para la protección social y la seguridad financiera de las personas jubiladas. Los fondos previsionales garantizan un ingreso mínimo durante la vejez y evitan que millones enfrenten la pobreza en esa etapa.
BVL advierte riesgos para el mercado de capitales por octavo retiro
La aprobación de retiros anticipados y masivos de estos recursos representa, según el Grupo BVL, un riesgo considerable en la construcción de un régimen de seguridad social sólido. Además, la medida impacta al mercado de capitales, ya que los fondos de pensiones constituyen un actor relevante en la inversión en instrumentos financieros, bonos y en el desarrollo de proyectos de infraestructura.
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El Grupo BVL advirtió efectos adversos sobre la estabilidad del sistema previsional y sobre la dinámica económica peruana. Reiteró la necesidad de preservar condiciones que fomenten la inversión y la estabilidad, considerados elementos claves para sostener el crecimiento económico en el largo plazo.

Además, abogó por una discusión técnica que lleve a una reforma integral del sistema de pensiones, adaptándolo a los desafíos demográficos y laborales que enfrenta el país. Mencionó el modelo chileno como un ejemplo de combinación entre ahorro individual y componentes de solidaridad social.
“La medida que permite retiros anticipados y masivos de estos fondos previsionales afecta gravemente la protección social construida durante décadas. Además, impacta negativamente en el mercado de capitales local, dado que los fondos de pensiones son actores fundamentales en la inversión en activos financieros, bonos y proyectos de infraestructura”, dijo.
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¿Qué falta para el octavo retiro de hasta 4 UIT de las AFP?
La publicación del reglamento operativo es indispensable para que los afiliados accedan al octavo retiro, autorizado hasta por 4 UIT (S/21.400). Pese a la promulgación del texto normativo el 20 de septiembre, sus efectos concretos dependen de que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) establezca el procedimiento formal correspondiente.
La SBS cuenta con un plazo legal máximo de 30 días calendario para emitir el reglamento. Este periodo concluye el lunes 20 de octubre, aunque se anticipa que la experiencia acumulada por la entidad en retiros similares podría acelerar la publicación. Una vez publicado el reglamento, se abrirá un periodo de 90 días calendario para que los afiliados presenten sus solicitudes.
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¿Qué dijeron la Asociación de AFP y la SBS sobre el reglamento para el nuevo retiro?
La Asociación de AFP precisó que, hasta que la SBS establezca el procedimiento, no están habilitadas las solicitudes. Las administradoras han aconsejado a sus clientes mantener sus datos actualizados porque el proceso estará orientado al entorno virtual, lo que facilitaría los trámites y evitaría contratiempos.
El reglamento operativo de la SBS definirá tres aspectos claves para los afiliados: la fecha de inicio de las solicitudes, los pasos a seguir y el cronograma de pagos. Estas aclaraciones permitirán a los afiliados planificar el acceso a los fondos, hasta el monto límite dispuesto por la ley vigente. Se estima que el proceso de retiros podrá extenderse hasta enero de 2026, periodo en el cual podría estar vigente una nueva UIT.
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La atención, por ahora, se concentra en la pronta publicación del reglamento, que marcará el inicio oficial del proceso y permitirá a los afiliados proceder con sus solicitudes para disponer de hasta S/21.400 de sus cuentas individuales de pensiones.
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