
El Gobierno de Perú eliminó el requisito de visa temporal en la Calidad Migratoria de Negocios para ciudadanos de Singapur, que tengan pasaportes ordinarios válidos y vigentes. Así lo establece el decreto supremo N.º 027-2025-RE, publicado este martes 5 de agosto, en el diario oficial El Peruano.
Los extranjeros solo podrán estar como máximo 90 días calendarios en el territorio nacional, contados desde la fecha de ingreso, ya sea como visita continua o consecutiva, en el plazo de un año.
El decreto entrará en vigor recién el próximo martes 12 de agosto, y tendrá que ser refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el texto del documento se recuerda que el 10 de noviembre del 2022, por decisión unilateral de Singapur, se exoneró el requisito de visa para peruanos que quieran realizar actividades turísticas y de negocios. Hasta el momento, solo existía este beneficio para los ciudadanos asiáticos con fines turísticos, por lo que, según el Gobierno, corresponde aplicar el principio de reciprocidad. Por ello, se amplía para negocios.
“La eliminación mutua del requisito de visa para estadías cortas contribuirá al fortalecimiento de los lazos de cooperación, confianza y respeto entre ambos países, facilitando el intercambio cultural, turístico y comercial en beneficio de sus ciudadanos y del desarrollo conjunto”, sostiene el documento.
Otro aspecto que une a ambas naciones es el TLC que firmó Singapur con la Alianza del Pacífico, que incluye a Perú, Colombia, Chile y México. De acuerdo con el Ministerio de Comercio Exterior, el intercambio comercial entre la Alianza del Pacífico y Singapur en 2024 fue de US$ 4,132 millones, siendo las exportaciones de este bloque a Singapur de US$ 1,597 millones y las importaciones desde Singapur al bloque de US$ de 2,535 millones.

Antecedentes para ciudadanos de Qatar
El gobierno peruano eliminó el requisito de visa temporal para ciudadanos de Qatar en calidad migratoria de turistas. Ahora, los visitantes qataríes podrán ingresar al país presentando únicamente su pasaporte ordinario, que debe tener una vigencia mínima de seis meses. Esta nueva política, respaldada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, modifica las reglas migratorias y facilita el acceso con fines turísticos.
La disposición permite que los ciudadanos de Qatar permanezcan en Perú por un máximo de 183 días, ya sea en una sola visita o en varias durante el año. Esta flexibilización busca dinamizar el turismo e incentivar los intercambios culturales y económicos entre Perú y los países de Medio Oriente.
El decreto, publicado en el diario El Peruano, resalta el interés del gobierno en impulsar las actividades turísticas y en aumentar la conectividad internacional. La medida también busca fortalecer las relaciones diplomáticas entre Perú y Qatar, promoviendo una mayor circulación de personas y continuidad en los lazos bilaterales.
Para ingresar a Perú, los visitantes extranjeros todavía deben cumplir ciertos requisitos, como contar con pasaporte vigente, boleto de ida y vuelta, y comprobantes de alojamiento. Las autoridades pueden solicitar documentos adicionales según la nacionalidad y motivo del viaje, por lo que se recomienda consultar la información actualizada antes de viajar.
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