
Los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) pueden acceder a una pensión a partir de los 65 años, siempre que cumplan con los aportes exigidos por ley. Sin embargo, en los últimos años se han implementado mecanismos que permiten a más personas recibir un ingreso mensual, incluso si no cumplen con todos los requisitos tradicionales.
Se trata de la pensión proporcional y la pensión provisional, dos modalidades que facilitan el acceso al beneficio y que tienen criterios de otorgamiento distintos. Conocer sus características ayuda a los asegurados a saber cuál les corresponde y en qué condiciones pueden solicitarla.
Pensión proporcional
Esta modalidad está dirigida a quienes no alcanzaron los 20 años de aportes exigidos para una pensión completa, pero sí cuentan con un mínimo de 10 años registrados. El beneficio se otorga en función del tiempo de contribución, con montos fijos establecidos por norma.
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 282-2021, existen dos escenarios:
- Con 65 años cumplidos y entre 10 y 14 años de aportes, la pensión es de S/ 300 mensuales, pagados 12 veces al año.
- Con 65 años cumplidos y entre 15 y 19 años de aportes, el monto asciende a S/ 400 mensuales, también abonados 12 veces al año.

En ambos casos, la ONP aplica un descuento del 4% destinado a EsSalud. Este esquema busca que quienes han contribuido por una parte importante de su vida laboral puedan recibir un ingreso estable, aunque no hayan llegado al periodo completo de cotización.
Pensión provisional
La pensión provisional tiene como finalidad otorgar un pago temporal de manera rápida mientras se resuelve la pensión definitiva. El desembolso se realiza en un plazo de 30 días desde que el afiliado presenta la solicitud, lo que permite contar con un ingreso y cobertura de salud de forma inmediata.
Este beneficio cubre solicitudes en trámite de pensiones por jubilación, discapacidad, viudez, orfandad, ascendencia o conyugal. Solo se exceptúa en casos donde la ONP ya haya denegado el pedido o cuando esté pendiente la respuesta del asegurado para aceptar un préstamo previsional.
Agilidad en el trámite
A diferencia de otros procedimientos, la pensión provisional no requiere que el solicitante realice gestiones adicionales. Pasados 30 días desde la solicitud formal de la pensión, el pago temporal se activa automáticamente, sin importar el tipo de pensión que se encuentre en trámite.

Este mecanismo busca evitar que los afiliados queden desprotegidos durante el tiempo que dure la evaluación de su caso, asegurando un ingreso mensual y acceso a EsSalud hasta que se emita la resolución definitiva.
Jubilados ONP que cumplan 80 años podrán recibir un aumento en su pensión
Desde 2025, los beneficiarios del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) que alcancen los 80 años recibirán un aumento en su pensión mensual gracias a la Bonificación por Edad Avanzada (BEA). Este beneficio, previsto en el Decreto Legislativo N.º 19990 —norma que regula el sistema previsional en el Perú—, fue confirmado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la ONP.
La BEA consiste en un pago adicional equivalente al 25% de la pensión mensual del jubilado, dirigido exclusivamente a quienes están bajo el régimen del Decreto Legislativo N.º 19990 y hayan cumplido 80 años. El objetivo es reforzar la seguridad económica de las personas mayores, considerando que en esa etapa suelen incrementarse las necesidades de salud y cuidado. Así, por ejemplo, un pensionista que perciba S/ 600 —el monto mínimo fijado por la ONP— pasará a recibir S/ 750 mensuales al activar este beneficio.
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