
José Antonio Dias Toffoli, ministro del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil —la más alta Corte del Poder Judicial—, rechazó la solicitud de Novonor —nombre actual de la constructora Odebrecht—para que el Estado exija a Perú la devolución de pruebas utilizadas en las investigaciones y procesos derivados del caso Lava Jato. Esta decisión consolida la permanencia de expedientes clave en el sistema judicial peruano y condiciona las futuras estrategias legales de investigados y defensores en los casos más sensibles relacionados con corrupción y lavado de activos.
Como se recuerda, la constructora Novonor presentó su solicitud el 16 de junio, alegando que las autoridades peruanas estaban usando pruebas declaradas nulas en Brasil tras la decisión del STF, que revocó la validez de elementos probatorios obtenidos por medio del acuerdo de lenidad firmado entre la empresa y la Justicia brasileña. Entre las pruebas observadas se encuentran las plataformas electrónicas Drousys y MyWebDay, donde se documentaron pagos ilícitos del “departamento de sobornos” de Odebrecht.
En ese sentido, solicitó que el STF determinara la devolución de estos documentos, invocando el incumplimiento de compromisos de cooperación jurídica internacional por parte de los fiscales de Perú y la vulneración de las decisiones judiciales brasileñas. El pedido incluía la solicitud de que el propio tribunal instruyera al Ministerio de Justicia y a la Procuraduría General de la República para gestionar la restitución ante las autoridades peruanas.
No obstante, en la resolución del 24 de junio, el ministro Toffoli sostuvo que la solicitud presentada por la constructora excede las competencias del Supremo Tribunal Federal, ya que involucra procesos ahora en sede extranjera y gestionados de acuerdo con tratados internacionales de cooperación jurídica. Asimismo, precisó que el reclamo no tenía relación con otras acciones en curso en Brasil, como aquellas vinculadas a cuentas en el Principado de Andorra, y puntualizó que corresponde a las defensas acudir directamente a las autoridades peruanas en busca de soluciones procesales.

“La solicitud trata de una cuestión ajena a la que se analiza en estos autos, correspondiendo su atención a la jurisdicción y decisión de las autoridades competentes del Estado requerido (Perú). No corresponde a esta Suprema Corte proveer lo solicitado en estos autos”, expresó Toffoli en la decisión.
¿Cuál es el impacto en casos fiscales en Perú?
El rechazo del STF sostiene la vigencia de los documentos y archivos digitales facilitados por Odebrecht en el marco de la cooperación internacional, por lo que para el Ministerio Público peruano este fallo representa la confirmación de que las evidencias centrales de Lava Jato—incluidas las hojas de cálculo, correos electrónicos y testimonios recabados con la empresa—seguirán siendo usadas en investigaciones y procesos penales activos.
Dentro de los casos sensibles se encuentran el de la expareja presidencial Ollanta Humala y Nadine Heredia, así como el de Keiko Fujimori, Susana Villarán y Pedro Pablo Kuczynski. La decisión del STF refuerza la solidez probatoria de varias acusaciones en curso y limita el margen de maniobra para quienes buscan anular expedientes enteros por supuestas irregularidades en la cooperación bilateral.
Hasta el momento, ni las autoridades peruanas ni las defensas de los políticos mencionados se han pronunciado. El único que había advertido que la devolución podría concluir en la libertad de los Humala fue Marco Aurélio de Carvalho, representante de Nadine en Brasil. Sin embargo, ello ya fue rechazado, por lo que las estrategias para cuestionar la cadena de custodia o la validez procesal de los archivos digitales ahora deberán orientarse a procedimientos judiciales locales, ya que las vías internacionales han quedado cerradas para este reclamo específico.
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