
Luego de que el 2024 la Ley 3198 causara gran controversia por lo que planteaba para el Centro Histórico de Lima —por un lado protegía el patrimonio cultural, pero por el otro ponía en riesgo decenas de negocios y trabajos—, una nueva modificación a esta avanza en el Congreso.
Ya la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia financiera ha votado a favor este martes 10 de junio sobre un dictamen para otorgar seguridad jurídica al comercio regulado y asignar recursos al distrito del Rímac en el marco de la Ley 3198.
Así, el nuevo texto busca proteger la “dinámica socioeconómica” del Centro Histórico. “No es únicamente un espacio de valor patrimonial y arquitectónico; es también un territorio donde, a lo largo del tiempo, se ha consolidado una dinámica económica y social propia, protagonizada por pequeños comerciantes, emprendedores, artesanos y diversos actores formales que contribuyen cotidianamente a su vitalidad”.
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Nueva modificación a la Ley 31980
En su parte explicativa el dictamen reconoce que hay una “coexistencia entre la dimensión patrimonial y la actividad económica legítima” en el Centro Histórico de Lima que “ha generado tensiones normativas y administrativas, en gran parte porque el marco legal vigente no reconoce plenamente esta realidad compleja y en evolución”.
Para adecuarse a esta, que no se consideraba al aprobarse la Ley 31980, se han aprobado numerosas modificaciones a esta norma (las cuales han sido aprobadas en la Comisión de Economía y esperan pase al Pleno para completar su validación antes de llegar al Ejecutivo).
“La presente ley tiene por objeto establecer el marco legal especial para impulsar el desarrollo integral y sostenible del Centro Histórico de Lima, en el contexto de su dinámica económica y social, y considerando la participación de todos sus actores”, sería parte del nuevo texto propuesto.
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Así, para proteger a los trabajadores del Centro Histórico, el artículo 6 ahora agregaría que “la formulación y modificación del Plan Maestro del Centro Histórico de Lima obedece a un proceso participativo que involucra a los actores sociales y económicos en todas sus etapas, así como de su aprobación”.
Pero no solo estos negocios y comercios deberán ser cosiderados en el Plan Maestro, sino que además se ha agregado como uno de los objetivos del órgano de planificación, gestión y recuperación del Centro Histórico de Lima el siguiente:
- “Promover la inclusión social, el respeto a los sectores formalizados o registrados por la municipalidad, así como el fomento de las actividades formativas y las economías locales desarrolladas en espacios públicos y privados, las cuales deben contribuir a la recuperación del Centro Histórico de Lima sin afectarlo”.

De igual manera, ahora “las intervenciones privadas en espacios públicos en el Centro Histórico de Lima, que no constituyan obras de servicios básicos” se someterían a la evaluación de una comisión técnica especial, conformada por un representante del órgano competente de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por un representante de la municipalidad distrital en cuya jurisdicción se realiza la intervención, por un representante del órgano de planificación, gestión y recuperación del Centro Histórico de Lima y por un representante del Ministerio de Cultura.
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¿Y los impuestos?
Asimismo, si el dictamen logra aprobación, el Poder Ejecutivo no sollo entregará en el primer trimestre del año siguiente al de la recaudación el 3% del total del impuesto general a las ventas (IGV) generado en el Cercado de Lima al pliego de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sino que ahora daría un el 3% del total del impuesto general a las ventas (IGV) generado en el distrito del Rímac al pliego de la Municipalidad Distrital del Rímac.
“Estos recursos son de uso exclusivo para financiar proyectos de inversión pública identificados en el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima”, agrega el texto. De igual manera se agrega que “hasta un 20% del referido monto puede ser utilizado para financiar proyectos de vivienda de interés social para la venta, con fines de destugurización”.
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