
La falta de información y acumulación de años de deuda con las municipalidades podría terminar en el remate de viviendas. Esto es lo que todos los propietarios deben saber.
¿Qué son el impuesto predial y los arbitrios municipales?
En el Perú, todos los propietarios de bienes inmuebles, como casas, departamentos o terrenos, están obligados a pagar el impuesto predial y los llamados arbitrios municipales. Aunque muchas personas los consideran como simples “cuotas municipales”, en realidad se trata de tributos obligatorios, cuya omisión puede generar serias consecuencias legales y económicas.
El impuesto predial es un tributo anual que grava la propiedad de inmuebles urbanos y rurales. Se calcula en función del valor del terreno y las edificaciones, según los criterios de autovalúo establecidos por cada municipalidad provincial. Es decir, mientras mayor sea el valor del inmueble, más se paga.
Por otro lado, los arbitrios municipales son pagos mensuales o trimestrales que los contribuyentes deben hacer por los servicios públicos que brinda la comuna en su distrito, como:
- Recolección de residuos sólidos
- Limpieza pública
- Mantenimiento de áreas verdes
- Seguridad ciudadana (serenazgo)
Estos arbitrios varían dependiendo del tamaño del predio, su ubicación, y el nivel de servicios prestados en la zona.

¿Quién debe pagarlos?
La obligación recae sobre los propietarios del predio. En caso de copropiedad (por ejemplo, si hay varios hermanos que heredaron una casa), todos son responsables solidarios ante la municipalidad.
El pago debe hacerse incluso si el predio no está habitado, alquilado o si el propietario reside en el extranjero.
¿Qué pasa si no se pagan?
Las municipalidades tienen la facultad legal de iniciar procedimientos de cobranza coactiva, que incluyen:
- Envío de requerimientos de pago
- Aplicación de intereses moratorios
- Embargo de cuentas bancarias o sueldos
- Embargo y remate del inmueble
En el caso del Callao, por ejemplo, muchas familias han recibido notificaciones con la advertencia de que, si no cancelan sus deudas acumuladas por impuesto predial y arbitrios desde el año 2013 hasta la fecha, sus viviendas podrían ser rematadas por orden judicial.
Uno de los casos más recientes involucra a un vecino que ha sido notificado con una deuda de más de 15 mil soles. La comuna le ha otorgado un plazo de 48 horas para regularizar su situación o se procederá a la tasación del inmueble con fines de remate.
¿Hay forma de reducir la deuda?
Sí. Muchas municipalidades, como la del Callao, ofrecen beneficios de condonación o campañas de regularización en las que los contribuyentes pueden acogerse a:
- Descuentos por pronto pago
- Reducción de intereses moratorios
- Fraccionamiento de la deuda hasta en 24 o más cuotas
Por ejemplo, en el caso citado, la deuda total de S/ 15,372.98 podría reducirse a solo S/ 3,263.26 si el contribuyente accede al beneficio vigente.
Para ello, es necesario acercarse a la Plataforma de Atención al Contribuyente de la municipalidad correspondiente o ingresar a sus plataformas virtuales, como en el caso del Callao: https://pagosenlinea.municallao.gob.pe

¿Cómo saber si uno tiene deuda?
Cada municipalidad cuenta con un sistema en línea para consultar si un predio tiene deudas pendientes. También es posible verificarlo presencialmente en las oficinas de administración tributaria. Solo se necesita:
- El número de partida registral o
- El nombre completo del propietario o
- La dirección del inmueble
En muchas ocasiones, los propietarios desconocen que tienen deudas porque no reciben notificaciones físicas. Sin embargo, eso no exime del pago, ya que la responsabilidad es del propietario de mantenerse informado.
¿Qué recomiendan los especialistas?
Expertos en derecho municipal advierten que ignorar este tipo de deudas puede poner en riesgo el patrimonio familiar, especialmente en casos de personas mayores o herederos que no sabían que había tributos impagos.
Se recomienda:
- Hacer una revisión anual del estado tributario del inmueble.
- Consultar si existen programas de beneficios activos.
- No esperar a que llegue un requerimiento de pago o una carta de remate.
¿Qué pasa si ya hubo embargo o remate?
Una vez que se realiza la tasación y el inmueble entra en proceso de remate, es muy difícil revertir la situación. Solo pagando la totalidad de la deuda y costas judiciales podría suspenderse el proceso. Por eso, la prevención y el pago oportuno son clave.
Mantenerse al día con estos pagos no solo evita sanciones, sino que también protege la vivienda familiar ante posibles embargos judiciales.
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