
Desde la entrada en vigencia de la Ley 32323, las empresas tienen prohibido comunicarse con los consumidores vía telefónica para ofrecer productos o servicios si estos no han otorgado su consentimiento previo y voluntario. La norma, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, busca frenar las llamadas comerciales no solicitadas que por años generaron molestias a miles de usuarios.
Ahora, solo si el consumidor ha contactado primero con la empresa y ha dado su autorización expresa, será posible recibir este tipo de llamadas. Además, ese consentimiento puede anularse en cualquier momento, sin necesidad de explicar motivos o llenar formularios.
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Sanciones millonarias por incumplimiento
El Indecopi, entidad encargada de velar por el respeto a esta nueva normativa, ha advertido que se encuentra en etapa activa de fiscalización, y que las empresas que no cumplan con la ley se exponen a multas de hasta 450 UIT, equivalentes a S/ 2 407 500. Las medidas correctivas también podrán incluir indemnizaciones o compromisos de no repetición, a favor de los consumidores.

Para detectar infracciones, el organismo ha desplegado herramientas de inteligencia artificial y análisis de datos. Según lo informado, la Dirección de Fiscalización analiza alrededor de siete millones de audios en el marco de investigaciones dirigidas a empresas de los sectores bancario, seguros y telecomunicaciones.
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Un procedimiento ya está en marcha
En lo que va del 2024, el Indecopi ya inició un procedimiento administrativo sancionador contra una empresa por, presuntamente, haber contactado a consumidores sin contar con su autorización. Esta acción representa el primer paso de un proceso que podría extenderse a otras compañías si se detectan prácticas similares.
La información recolectada por los sistemas de fiscalización incluye grabaciones de llamadas, patrones de contacto y frecuencia de comunicaciones. Todo se cruza con los registros de consentimiento para determinar si hubo una vulneración de la nueva ley.
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Así puedes denunciar si siguen llamándote
Indecopi ha recordado que las llamadas sin consentimiento son ahora ilegales, incluso si en algún momento el usuario aceptó recibirlas, ya que el permiso puede ser retirado en cualquier momento.

Para reportar infracciones, los consumidores pueden utilizar estos canales de atención:
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- Correo: sacreclamo@indecopi.gob.pe
- Teléfono: 224 7777 (Lima) o 0 800 4 4040 (provincias)
- Plataforma virtual: Reclama Virtual
- No se requiere presentar pruebas, pero se recomienda conservar datos como fecha, hora y número desde el cual se recibió la llamada.
Inteligencia artificial y control digital
El uso de tecnología avanzada para monitorear el cumplimiento de esta ley marca un nuevo enfoque en la supervisión del mercado. La inteligencia artificial permite identificar patrones, cruzar grandes volúmenes de datos y detectar prácticas masivas que, de otra forma, pasarían desapercibidas.
Este modelo también anticipa una transformación en la manera como Indecopi enfrentará otros tipos de infracciones en el futuro, no solo en telecomunicaciones, sino en diversos sectores económicos donde los datos de contacto del usuario son utilizados comercialmente.
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La nueva normativa cambia la lógica del marketing telefónico: la carga de la prueba está del lado de las empresas. Deben demostrar que contaban con la autorización expresa del consumidor antes de llamarlo, y respetar de inmediato cualquier revocación de ese permiso.
Esta ley no solo representa una restricción, sino también un nuevo estándar de respeto a la privacidad. El consumidor tiene ahora el control sobre su teléfono, y las empresas deberán adaptarse a estrategias de contacto menos invasivas.
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