Restaurantes turísticos en Perú serán recategorizados: no cualquiera podrá ser barista, maestro chocolatero o sommelier. Los detalles

Según el MINCETUR, esta adecuación responde a la necesidad de actualizar las disposiciones administrativas para alinearlas con las nuevas demandas del sector

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El MINCETUR propone integrar al
El MINCETUR propone integrar al barista, maestro chocolatero y sommelier en el reglamento turístico vigente.

Mediante resolución ministerial, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha dispuesto la publicación de un proyecto de decreto supremo que permita modificar el “Reglamento para la categorización y calificación turística de restaurantes”.

Según informó el diario oficial “El Peruano”, esta medida busca incorporar las definiciones y referencias al barista, al maestro chocolatero y al sommelier en el reglamento vigente, en cumplimiento de lo establecido por la Ley N° 32144. El objetivo es reconocer y regular las labores de estos especialistas en el ámbito gastronómico y turístico.

No cualquiera podrá ser barista, maestro chocolatero o sommelier

El marco normativo que regula esta modificación tiene como base la Ley N° 32144, promulgada en octubre de 2024, que define las labores del barista, maestro chocolatero y sommelier. Esta ley, aprobada por el Congreso de la República, busca salvaguardar la competitividad de estos profesionales en el ámbito gastronómico y en actividades turísticas relacionadas.

Según la norma, el barista es un especialista en la preparación de café de alta calidad, encargado de crear bebidas basadas en café y de presentarlas con técnicas como el arte del latte. Por su parte, el maestro chocolatero se dedica a la creación de productos a base de chocolate, como bombones y trufas, con un enfoque en la innovación y la estética. Finalmente, el sommelier es un experto en el sector vitivinícola, responsable de la gestión y servicio de vinos y otras bebidas en establecimientos de consumo.

  • Barista: Especialista en la preparación de café de alta calidad, encargado de crear bebidas basadas en café, utilizando distintos tipos de leche, esencias y licores, entre otros ingredientes. Es responsable de la presentación de estas bebidas, y puede complementar su trabajo con el arte del latte o el arte del café con leche.
  • Maestro chocolatero: Especialista dedicado a la creación de productos a base de chocolate, como tabletas, bombones, trufas y figuras de chocolate. Explora recetas para desarrollar productos originales, con un enfoque en la estética y el sabor.
  • Sommelier: Especialista del sector vitivinícola,dedicado a la atención y servicio del vino y otros productos relacionados en establecimientos de consumo. Organiza, planifica, define, controla, selecciona y gestiona el servicio de bebidas a nivel nacional.
La modificación al reglamento busca
La modificación al reglamento busca reconocer la importancia de especialistas en la oferta turística gastronómica. REUTERS/Chris J. Ratcliffe

Restaurantes turísticos serán recategorizados

El reglamento actual, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 011-2019-MINCETUR, regula la categorización y calificación de restaurantes, así como su designación como “Restaurante Turístico”. Con la nueva modificación, se busca integrar a los baristas, maestros chocolateros y sommeliers en el proceso gastronómico y turístico, reconociendo su importancia en la oferta de servicios turísticos de calidad.

La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, a través de diversos informes técnicos, ha sustentado la necesidad de esta modificación. Según su análisis, la inclusión de estas definiciones en el reglamento permitirá fortalecer la competitividad del sector turístico y gastronómico, promoviendo estándares de calidad más altos en los servicios.

La Ley N° 32144 define
La Ley N° 32144 define las labores del barista, maestro chocolatero y sommelier para regular su profesionalización.

Baristas, sommeliers y maestros chocolateros: prepublicación de reglamento por 30 días

El MINCETUR, como organismo rector del sector comercio exterior y turismo, tiene la responsabilidad de establecer el marco normativo para el desarrollo de actividades turísticas, supervisando su cumplimiento. En este contexto, la modificación del reglamento busca no solo cumplir con el mandato de la Ley N° 32144, sino también fomentar la profesionalización y especialización en áreas clave de la gastronomía y el turismo.

El proyecto de decreto y su exposición de motivos estarán disponibles en el portal web institucional del MINCETUR. Las personas interesadas, tanto del sector público como privado, podrán enviar comentarios y sugerencias durante un plazo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución. La Dirección de Normatividad y Calidad Turística será la encargada de recibir y sistematizar las opiniones enviadas.

Según el MINCETUR, la actualización
Según el MINCETUR, la actualización normativa fortalecerá la competitividad del sector turístico y gastronómico del país.

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