
En un cambio trascendental para el sistema financiero peruano, el Congreso de la República ha promulgado hoy la Ley N.º 32294, que modifica la Ley 28587, complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros. Esta nueva normativa establece que las entidades financieras, como bancos, cajas municipales, cajas rurales y financieras, deberán informar a los solicitantes de crédito, si así lo requieren, las razones específicas por las cuales su solicitud fue rechazada. La medida, según sus impulsores, busca fortalecer la transparencia y la protección de los derechos de los consumidores en el ámbito financiero.
De acuerdo con el texto de la ley, las empresas del sistema financiero estarán obligadas a proporcionar un informe detallado sobre los aspectos que impidieron la aprobación del crédito. Este informe deberá ser entregado a través de los canales previamente establecidos con el solicitante. Sin embargo, la normativa también contempla una excepción: si la negativa se basa en el perfil del solicitante y está sustentada en las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), las entidades no estarán obligadas a detallar las razones del rechazo.
Bancos deberán explicar negativa de créditos: ¿Desde cuándo?
La incorporación del artículo 2-A a la Ley 28587 establece que las entidades financieras deben actuar bajo solicitud expresa del cliente para proporcionar la información sobre la negativa de un crédito. Según la disposición complementaria final de la ley, la SBS será la encargada de emitir la normativa adicional necesaria para garantizar el cumplimiento de esta modificación. Este reglamento deberá ser elaborado en un plazo máximo de 30 días calendario desde la entrada en vigor de la ley.
El presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Ilich López, explicó que el objetivo principal de esta medida es garantizar que los consumidores tengan acceso a información clara sobre las razones detrás de la denegación de un crédito. Por su parte, el congresista Idelso García, de la Comisión de Defensa del Consumidor, destacó que esta iniciativa también busca fomentar la inclusión financiera y promover una relación más equitativa entre las entidades financieras y los ciudadanos.

Créditos podrían encarecerse para los clientes bancarios
A pesar de los objetivos planteados, la ley ha generado opiniones divididas entre las instituciones involucradas. Durante el debate en el Congreso, la SBS expresó su postura desfavorable hacia la propuesta. Según la entidad, las empresas financieras ya están obligadas a ser diligentes en la información que proporcionan a los usuarios sobre los productos y servicios ofrecidos, incluyendo los requisitos para la aprobación de créditos. Además, la SBS argumentó que la implementación de esta medida podría incrementar los costos operativos de las entidades financieras, lo que eventualmente se traduciría en un encarecimiento de los préstamos para los usuarios finales.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) también emitió una opinión negativa sobre la ley. Según el MEF, las disposiciones actuales ya permiten que los usuarios soliciten explicaciones detalladas sobre la negativa de un crédito. Sin embargo, advirtió que la nueva normativa podría generar costos adicionales para los usuarios, afectando especialmente a los sectores más vulnerables de la población y dificultando su acceso al crédito.
Por su parte, el Banco Central de Reserva (BCR) señaló que las medidas destinadas a promover la inclusión financiera no deberían incrementar los costos de evaluación crediticia. En su lugar, el BCR sugirió que se enfoquen en eliminar barreras como los límites máximos a las tasas de interés y en fomentar innovaciones tecnológicas, como la banca abierta, que podrían reducir los costos de recopilación de información sobre los clientes.

Críticas desde el sistema financiero: Asbanc
El gremio bancario, representado por la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), también expresó su preocupación por la nueva normativa. Según Asbanc, la obligación de justificar cada negativa de crédito podría generar una carga operativa significativa para las entidades financieras, lo que encarecería los servicios crediticios. Además, advirtió que el nivel de detalle requerido podría abrir la puerta a cuestionamientos sobre las decisiones de las entidades, complicando aún más el proceso de evaluación crediticia.
Asbanc destacó que la evaluación de una solicitud de crédito no solo considera la capacidad de pago del solicitante, sino también otros factores como la prevención del lavado de activos, las condiciones del mercado y los niveles de riesgo aceptables para cada entidad. En este sentido, el gremio consideró que el marco legal vigente ya ofrece mecanismos adecuados para informar a los clientes sobre el resultado de sus solicitudes, sin necesidad de imponer nuevas formalidades.
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