
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) autorizó el pago de una compensación económica en favor de 1.472 personas comprendidas en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI), el cual está integrado por ciudadanos que perdieron su empleo en el periodo de 1990, durante el régimen de Alberto Fujimori.
Como se recuerda, esta fue una de las políticas del gobierno del fallecido mandatario para reducir el tamaño del Estado, cuando asumió el poder en reemplazo de Álan García.
De acuerdo a la Resolución Ministerial N.º 017-2025-TRE, este monto será entregado en las oficinas del Banco de la Nación a nivel nacional desde el segundo día hábil de publicada esta norma, es decir, a partir del 30 de enero.

Link oficial de beneficiarios de compensación económica
Para conocer la lista de beneficiarios solo se debe ingresar a este link oficial y descargar el documento de nombre ‘Anexo 1′: https://www.gob.pe/institucion/mtpe/normas-legales/6417929-017-2025-tr
Asimismo, se encargó a la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, entidad del MTPE, monitorear el cobro.
Por otro lado, si bien se dispuso que los anexos 1 y 4 se publiquen digitalmente, se ordenó que los archivos que contienen los anexos 2 y 3 queden bajo la custodia de la Oficina General de Administración para “garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de dicha información”.
Este es el monto que se entregará por región
De acuerdo a los documentos publicados en la resolución del Ministerio de Trabajo, esta es la cantidad de dinero que se entregará por cada región y la cantidad de personas que resultarán beneficiarias:
- Amazonas: 12.300 soles para una persona
- Áncash: 1 092 240 soles para 96 personas
- Apurímac: 59 mil 860 soles para cinco personas
- Arequipa: 454 mil 280 soles para 48 personas
- Ayacucho: 39 mil 360 soles para cinco personas
- Cajamarca: 171 mil 380 soles para 15 personas
- Callao: 851 mil 160 soles para 77 personas
- Cusco: 132 mil 020 soles para 16 personas
- Huancavelica: 12 mil 300 soles para una persona
- Huánuco: 103 mil 320 soles para nueve personas
- Ica: 797 mil 860 soles para 81 personas
- Junín: 436 mil 240 soles para 41 personas
- La Libertad: 631 mil 400 soles para 68 personas
- Lambayeque: 784 mil 740 soles para 75 personas
- Lima: 7 millones 339 mil 820 soles para 726 personas
- Loreto: 76 mil 260 soles para 11 personas
- Madre de Dios: 32 mil 800 soles para tres personas
- Moquegua: 112 mil 340 soles para 12 personas
- Pasco: 12 mil 300 soles para una persona para una persona
- Piura: 1 millón 114 mil 380 soles para 109 personas
- Puno: 250 mil 920 soles para 22 personas
- San Martín: 93 mil 480 soles para 12 personas
- Tacna: 143 mil 500 soles para 12 personas
- Tumbes: 54 mil 120 soles para cinco personas
- Ucayali: 191 mil 880 soles para 21 personas

¿Por qué se creó este registro?
El Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente se creó para garantizar el acceso a la justicia de los empleados que perdieron su trabajo y que aceptaron recibir a cambio una compensación económica durante el régimen de Alberto Fujimori.
Cuando el exmandatario llegó al poder, emprendió una serie de medidas para reducir el tamaño del Estado y el gasto público.
Los empleados que optaron por la reincorporación o reubicación laboral, pudieron cambiar voluntariamente a la opción de compensación económica o jubilación adelantada.

¿Qué condiciones cumplen los registrados?
La plataforma del Estado peruano precisa que las personas que son parte del RNTCI, cumplen con las siguientes condiciones:
- Se acogieron al procedimiento de revisión establecido por la Ley N.° 30484 y no fueron incluidos en la relación final.
- Padecen alguna enfermedad, hayan sufrido prisión (salvo excepciones), residido en el extranjero o zonas inhóspitas del país, y que por ello no pudieron presentar de forma oportuna su expediente.
- Quienes no se acogieron a los efectos de las leyes encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado.

Canales de atención
Según la plataforma oficial del Estado peruana, se puede realizar consultas vinculadas al proceso de inscripción en el RNTCI por medio de los siguientes canales de atención, de lunes a viernes, de las 8:00 horas hasta las 17:00 horas:
- Atención telefónica: 0800-16872
- Atención presencial: En la sede central del MTPE (Av. Salaverry 655, Jesús María) – Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo
- Correo electrónico: secretaria_tecnica@trabajo.gob.pe
También hay disponible atención presencial en la sede central MTPE, ubicada en la Av. Salaverry 655, en el distrito de Jesús María.
Corte IDH demandó compensar a trabajadores
En el 2024, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) determinó que el Estado peruano deberá compensar económicamente a 2.585 trabajadores de la extinta Empresa Comercializadora de Alimentos S.A. (Ecasa), quienes fueron afectados por la privatización de la compañía durante el primer mandato de Alberto Fujimori. Cada una de las víctimas tendrá que recibir una indemnización de 5.000 dólares por daños materiales e inmateriales.

El fallo también incluye una orden para que el Estado peruano revise el padrón sindical de los trabajadores de Ecasa, con el objetivo de identificar a posibles víctimas adicionales que no hayan sido incluidas en el proceso inicial.
La Corte IDH concluyó que el Estado violó derechos fundamentales de los trabajadores del Sindicato Único de Trabajadores de Ecasa (Sutecasa), entre ellos las garantías judiciales, la libertad de asociación, la negociación colectiva y la protección judicial.
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