El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, en la que se solicitaba que se definieran las circunstancias bajo las cuales un jefe de Estado puede ser acusado, en el marco de las investigaciones contra la presidenta Dina Boluarte.
En su demanda, el Gobierno pretendía cuestionar los procesos judiciales en curso contra presidentes en ejercicio de sus funciones. No obstante, el TC rechazó la solicitud debido a un error técnico cometido por los abogados del Poder Ejecutivo.
El Tribunal observó que, aunque la presidenta designó al presidente del Consejo de Ministros para interponer una demanda de inconstitucionalidad, no se otorgó una autorización expresa por parte de la titular del Ejecutivo para presentar una demanda competencial.
El máximo órgano interpretativo de la Constitución ha dado un plazo de cinco días al gobierno para subsanar este error. En caso de no corregirse la observación dentro del plazo establecido, la demanda será archivada de manera definitiva.

Gobierno de Boluarte presentó demanda competencial ante el TC
En agosto pasado, el gobierno de Dina Boluarte presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC), con el objetivo de impugnar las investigaciones en curso realizadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial. La acción legal, firmada por Luis Alberto Huerta Guerrero, procurador público especializado en materia constitucional, fue ingresada en la oficina de trámite documentario del TC el 25 de julio.
El recurso se fundamentó en la interpretación del artículo 117 de la Constitución, que establece las circunstancias bajo las cuales un presidente en ejercicio puede ser acusado. La demanda solicitó la anulación de las investigaciones relacionadas con los casos Rolex, la desactivación de un equipo especial de la Policía Nacional y las muertes ocurridas durante las protestas de finales de 2022 e inicios de 2023.

Detalles de la demanda competencial que presentó Boluarte
En mayo, Infobae Perú tuvo acceso al acta de la sesión del Consejo de Ministros en la que se aprobó la presentación de una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC). El núcleo del conflicto, según un informe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la PCM, gira en torno al artículo 117 de la Constitución, que establece las razones por las cuales un presidente en ejercicio puede ser acusado, tales como traición a la patria, disolución inconstitucional del Congreso o el impedimento del funcionamiento del sistema electoral.
El informe sostiene que la Fiscalía de la Nación ha recurrido a una convención internacional, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y normas de rango infraconstitucional para eludir lo dispuesto en el artículo 117 y proceder con investigaciones preliminares contra la mandataria. En este contexto, el Gobierno argumenta que el Ministerio Público carece de competencia para llevar a cabo dichas diligencias contra el presidente, ya que vulneraría la inmunidad presidencial.

En relación al Poder Judicial, el Ejecutivo solicitó que el TC declare que el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria no tiene competencia para autorizar diligencias como allanamientos. Este pedido surgió tras el allanamiento de la vivienda de Boluarte, autorizado por el juez Juan Carlos Checkley a finales de marzo.
En su momento, el jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, precisó que “esta demanda está dirigida a los presidentes futuros, con el fin de que sus funciones constitucionales no se vean afectadas por los requerimientos de la Fiscalía”. Además, descartó que la iniciativa busque conferir intocabilidad al Ejecutivo.
La demanda competencial fue aprobada por unanimidad, y la presidenta Dina Boluarte designó a Adrianzén para interponer el recurso ante el Tribunal Constitucional. No obstante, la solicitud fue denegada debido a la falta de una autorización expresa para su presentación.
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