
¡Atención! No hay habilitado ningún link oficial para verificar si se es beneficiario del Bono de escolaridad 2025. Este subsidio de 400 soles, destinado a trabajadores del sector público y pensionistas, será depositado automáticamente en la planilla de pagos de enero o junio, dependiendo del caso. Las autoridades ya advertieron que cualquier mensaje o correo que solicite ingresar a un enlace para confirmar podría ser un intento de estafa.
El Decreto Supremo N.º 002-2025-EF, publicado el 12 de enero en el Diario Oficial El Peruano, no contempla ningún enlace o plataforma digital para que los beneficiarios consulten si les corresponde el bono 400 soles. Por ello, se recomendó evitar ingresar a sitios web sospechosos que prometan verificar el acceso al beneficio. Estas páginas podrían ser utilizadas por ciberdelincuentes para obtener información personal o bancaria.
Durante la pandemia, se registraron casos similares de estafas vinculadas a subsidios estatales, lo que llevó a las autoridades a reforzar las advertencias sobre correos o mensajes de WhatsApp fraudulentos. Para evitar caer en engaños, se sugiere consultar únicamente los canales oficiales de comunicación.
Cabe señalar que esta bonificación se entregará una sola vez a los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en la norma. La mayoría lo cobrará a fines de enero, solo en el caso de los profesores y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 29944 lo harán en junio, según lo indicado por el Poder Ejecutivo.
¿Cómo saber si me corresponde?
El artículo 2 del decreto detalla que el bono está destinado a diferentes grupos del sector público. Esta es la lista de beneficiarios, sino figuras no te corresponde:
- Funcionarios y servidores públicos nombrados y contratados bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo N.º 276, la Ley N.º 29944 y la Ley N.º 30512.
- Docentes universitarios regulados por la Ley N.º 30220.
- Personal del sector salud bajo el Decreto Legislativo N.º 1153.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas a cargo del Estado, incluidos aquellos cubiertos por los Decretos Leyes N.º 19846 y N.º 20530.
- Profesores y auxiliares de educación contratados bajo la Ley N.º 29944, conocida como la Ley de Reforma Magisterial.
- Trabajadores del sistema penitenciario amparados por la Ley N.º 29709.

Además, quienes trabajen jornadas parciales o no cumplan con los tres meses de antigüedad mínima en el cargo recibirán el bono de forma proporcional al tiempo efectivamente laborado.
Requisitos para acceder al bono
De acuerdo con el artículo 4 del decreto, los trabajadores activos deben cumplir ciertas condiciones para recibir los 400 soles. Entre los principales requisitos figuran:
- Haber realizado labores efectivas durante enero de 2025, o encontrarse de vacaciones, con licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios conforme a la Ley N.º 26790.
- Contar con al menos tres meses de antigüedad en el cargo hasta enero de 2025. Quienes no alcancen este tiempo recibirán el monto proporcional correspondiente.
- Cumplir con las disposiciones específicas de su régimen laboral, en el caso de trabajadores contratados bajo la Ley N.º 29944.

¿Cómo y cuándo se pagará el bono?
El Bono de escolaridad será abonado una sola vez en enero para la mayoría de los trabajadores y pensionistas, y en junio para los docentes y auxiliares contratados. El pago será gestionado por la entidad pública en la que se encuentre registrado el beneficiario.
El financiamiento del bono provendrá de los presupuestos institucionales de las entidades públicas. Según el decreto, los fondos serán cubiertos con los créditos asignados en el Presupuesto del Sector Público para 2025. En el caso de los gobiernos locales, estos deberán utilizar recursos propios y específicos, como ingresos corrientes, según la Ley N.º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Otras disposiciones del bono
El decreto también incluye regulaciones sobre la percepción del bono. Entre ellas:
- Los pensionistas recibirán el subsidio a través de la entidad pública que les abone el mayor ingreso mensual.
- No será posible recibir el bono de manera simultánea con otros beneficios de denominación similar.
- Este monto no estará sujeto a descuentos, aportes o pensiones, garantizando así que los beneficiarios obtengan el total del monto estipulado.
El Decreto Supremo N.º 002-2025-EF fue suscrito por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el ministro de Economía y Finanzas, José Arista, el pasado 11 de enero de 2025 en Lima.
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