El Poder Legislativo aprobó una modificación en la Ley n.º 27337, que regula el Código de los Niños y Adolescentes, para incluir nuevos casos en los cuales uno de los padres puede otorgar autorización notarial para que un menor viaje fuera del país.
Este cambio, oficializada con la publicación en el diario El Peruano, establece disposiciones específicas para garantizar que los menores puedan viajar a eventos médicos, académicos y deportivos internacionales sin necesidad de la autorización de ambos papás en todos los casos.
El texto se centra en situaciones específicas como la atención para temas de salud en el exterior estudios y representación nacional en eventos internacionales como olimpiadas académicas o competencias deportivas.
Autorización en casos de enfermedades complejas o raras
Uno de los puntos más relevantes de esta modificación es la posibilidad de que uno de los padres pueda autorizar un viaje cuando el niño, niña o adolescente necesite atención médica en el extranjero debido a enfermedades complejas o raras que no puedan ser tratadas adecuadamente en Perú.
En estos casos, la mamá o el papá presentar ante el notario un informe del doctor detallado emitido por una institución pública o privada, que especifique la gravedad del caso, el pronóstico del tratamiento y la duración del mismo.
Además, se requerirá copia de la historia clínica y los exámenes complementarios que respalden la necesidad de atención médica especializada fuera del país.
Viajes por estudios o competencias internacionales
Además de las emergencias médicas, se establece que un solo padre podrá autorizar la salida del menor para estudios o competencias internacionales bajo dos condiciones específicas. La primera es la participación en programas de intercambio estudiantil y la segunda es la obtención de una beca completa de estudios en una institución extranjera.
En ambos casos, la autorización deberá contar con la constancia de admisión o matrícula, incluyendo la duración del programa y la malla curricular.
De igual forma, los menores que representen al país en olimpiadas académicas o competencias deportivas en el extranjero podrán ser autorizados únicamente por uno de los padres.
Para estos eventos, será necesario presentar documentos oficiales que acrediten la representación nacional y la invitación al evento o competencia internacional.
Procedimiento y garantías
En caso de discrepancia entre ambos padres, se remite al artículo 112 del Código de los Niños y Adolescentes, estableciendo un mecanismo legal para resolver conflictos relacionados con la autorización de viajes. Asimismo, para los viajes dentro del Perú, bastará con la autorización de uno de los padres, simplificando el proceso en este ámbito.
Esta modificación busca facilitar el acceso a oportunidades cruciales para los menores en situaciones específicas, al garantizar que puedan recibir la atención médica necesaria, continuar con su educación o representar al país en eventos internacionales sin obstáculos burocráticos innecesarios.
Proponen que la mayoría de edad empiece a los 16 años en el Perú
El congresista de Perú Libre, Waldemar Cerrón, presentó un proyecto de ley para que la mayoría de edad en Perú se reduzca a los 16 años.
La propuesta incluye una reforma del artículo 30 de la Constitución Política del Perú, donde se establecería que “son ciudadanos los peruanos mayores de dieciséis años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral”.
Asimismo, se busca modificar el artículo 42 del Código Civil al permitir que “toda persona mayor de 16 años tiene plena capacidad de ejercicio”, abarcando también a aquellas con discapacidad.
Finalmente, se busca ajustar el artículo 9 de la Ley 26859 para que los adolescentes de 16 años tengan la obligación de votar. En caso de ser aprobado, esta medida estaría en vigor para las próximas elecciones generales en 2026.