
Alejandro Toledo a la cárcel. La magistrada Inés Rojas Contreras, del Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional, informó que el tribunal halló responsable al expresidente de los delitos de colusión y lavado de activos. Por ello, dispuso 20 años y 6 meses de prisión, tal como solicitó el Ministerio Público, a través de la representación del fiscal José Domingo Pérez.
De la condena, nueve años de prisión corresponden al ilícito por colusión agravada y once años y seis meses por lavado de activos, los cuales afrontará desde el penal de Barbadillo, donde ya cumplía prisión preventiva y también se encuentra Pedro Castillo. De acuerdo a la jueza, la pena se imputará hasta el 22 de octubre del 2043.
Con dicha sentencia, el exlíder del partido Perú Posible se convirtió en el primer expresidente en ser sentenciado por el caso Odebrecht, al hallarse responsable de dar la buena pro de los tramos II y III de la carretera Interoceánica Sur a la empresa a cambio de 35 millones de dólares.

¿Cuáles fueron los argumentos del Poder Judicial?
Dentro de lo esgrimido en el adelanto de sentencia se mencionó que según la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Constitución, Toledo era el funcionario de más alto nivel y personificaba a la Nación, en razón de ello debía hacer cumplir las leyes.
En ese sentido, sostuvo que sí se puede concluir que en la reunión de Río de Janeiro se confirmó la aceptación de la licitación a favor de Odebrecht y cómo se iba a canalizar el dinero que entregaría la empresa y ello evidencia una clara concertación entre un funcionario público, primera autoridad del Estado, y los privados.
La Sala anunció que el señor “Alejandro Toledo, como presidente del Perú, debía cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y leyes. Representaba al Estado dentro y fuera de la República. Le competía proteger y velar por el correcto funcionamiento de la administración pública. Tenía el deber de actuar con neutralidad”. No obstante, se ha “demostrado una serie de irregularidades e injerencia inusitada, aceleración del proceso y la intervención directa e indirecta del señor Toledo en el proceso de concesión de la Carretera Interoceánica Sur, se han concurrido todos los elementos de colusión”.
“Se ha establecido que por la colusión, el expresidente recibió 35 millones de dólares. Por tanto, este dinero recibido es ilícito”, afirman. Cabe mencionar que por dicho ilícito la Fiscalía solicitó 9 años de prisión.

Sobre los demás involucrados. El Poder Judicial determinó que las conductas de Alberto Pasco-Font, Sergio Bravo Orellana y José Castillo también reúnen los elementos configuración del delito de colusión. No obstante, en el último caso se destaca que se convirtió en colaborador eficaz y aceptó los hechos. En relación con Avrham Dan On consideraron que no se reúne los elementos del delito de colusión.
En relación con el delito de lavado de activos, también se le halló culpable por lo que la sala decidió acogerse al pedido del Ministerio Público y otorgarle 9 años de prisión e inhabilitación de 3 años para el ejercicio público, sumados a los 11 años y 6 meses por el delito de lavado de activos y 242 días-multa. Es decir, Alejandro Toledo fue sentenciado a 20 años y seis meses.
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