La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial dispuso la liberación de Sada Goray al variar su prisión preventiva por libertad bajo comparecencia restringida de la empresaria por el caso Fondo Mi Vivienda
El órgano judicial impuso además la medida de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país por 36 meses contra Goray, Pedro Arroyo Marquina y Róger Gavidia Johanson, investigados por colusión y otros delitos.
El tribunal. presidido por César San Martín. concluyó que la medida impuesta es proporcional, pues los tres investigados tienen arraigo domiciliario, laboral y familiar, y no existen indicios en su contra que adviertan el peligro de fuga ni de obstaculización de la investigación.
“En el caso del investigado Mauricio Fernandini Arbulú, el colegiado aplicó la figura de ‘sustracción de la materia’, es decir, no emitió pronunciamiento porque semanas atrás, la Sala Superior declaró fundado el cese de su prisión preventiva”, añadieron desde el Poder Judicial.

Recurso de casación
La defensa de Sada Goray, general de la empresa Marka Group S.A.C, había presentado un recurso de casación para revocar la resolución que emitió la Quinta Sala Penal de Apelaciones el 20 de octubre de 2023 con la que confirmó el mandato de prisión preventiva por 30 meses que se le impuso por la investigación preparatoria que se le sigue por el caso ‘Fondo Mi Vivienda’ durante el gobierno del expresidente Pedro Castillo.
Goray es acusada de pagar una millonaria suma de dinero a una presunta red de corrupción que operaba dentro del Ministerio de Vivienda, durante el gobierno del expresidente Pedro Castillo, para que su empresa obtuviera contratos de obras públicas.
La investigación comenzó en 2022, cuando se descubrieron posibles vínculos de Goray con altos funcionarios gubernamentales. El caso se centra alrededor de favores y beneficios obtenidos a través de supuestas maniobras corruptas.
Goray habría utilizado su influencia para obtener contratos públicos y beneficios fiscales de manera fraudulenta. Las autoridades peruanas señalan que ella pudo haber sobornado a funcionarios para facilitar la adjudicación de contratos a su empresa, lo que generó una intensa vigilancia sobre sus operaciones financieras y comerciales.

Uno de los puntos claves en la investigación fue la contratación de proyectos urbanísticos en distintas regiones del país, donde se identificaron discrepancias entre los costos declarados y los costos reales de los proyectos. Además, se encontraron presuntas irregularidades en la obtención de permisos y licencias.
En el transcurso de la investigación, las autoridades realizaron allanamientos en las oficinas de Marka Group y en propiedades vinculadas a Goray, confiscando documentos y dispositivos electrónicos que contenían evidencia de las posibles irregularidades. Varios empleados y colegas de Goray han sido llamados a declarar, intentando esclarecer el nivel de participación y complicidad en los actos de corrupción.
Goray, por su parte, ha negado todas las acusaciones y ha manifestado que las imputaciones son infundadas, argumentando que está siendo víctima de una persecución política.
Sada Goray tiene acceso a testimonio de Patricia Benavides
A inicios de julio el PJ ordenó a la Fiscalía de la Nación entregarle a Goray la declaración testimonial que dio ante la destituida exfiscal de la Nación Patricia Benavides en Estados Unidos, en febrero de 2023. Así lo decidió el juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley al declarar fundada la tutela de derechos de la empresaria.
En la resolución a la que accedió Infobae, Checkley indica que la tutela de derechos de Goray Chong está “debidamente motivada” ya que con la declaración busca acreditar que sí colaboró con la justicia ante los magistrados de la Corte Superior Nacional que le impusieron 30 meses de prisión preventiva por el caso Marka Group.
El juez también consideró que la empresaria no es ajena al proceso penal en sede suprema porque “declaró en el mismo” como testigo protegido e indicó que el Ministerio Público no ha demostrado que el hecho de acceder al pedido “impida el estado de la causa (se levantó la reserva de su identidad ante la solicitud de la fiscalía) ni tampoco se obstaculice su normal prosecución o que se afecte derechos de terceros”.
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