
A través de una resolución, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) solicitó suspender el trámite de la ‘Ley de Amnistía’ hasta que se pueda conocer cómo impactará en casos La Cantuta y Barrios Altos.
El proyecto de ley 6951/2023-CR fue aprobado por el Pleno del Congreso de la República con 60 votos a favor, 36 en contra y 11 abstenciones el pasado 6 de junio de este año.
La norma necesita de una segunda votación por parte del Poder Legislativo para luego ser trasladada al Poder Ejecutivo. Después, el Gobierno de Dina Boluarte deberá evaluar si observa la propuesta o si la acepta.

Como se sabe, las decisiones de este tribunal internacional es vinculante, en tanto el Perú aceptó su competencia contenciosa en 1981. Esto quiere decir que el Estado puede ser denunciado y fiscalizado ante estas instancias supranacionales por violación a los derechos humanos.
Asimismo, convoca a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH) y a los representantes de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta a una audiencia pública virtual sobre la solicitud de medidas provisionales. La cita será el próximo lunes 17 de junio del 2024, entre las 8:30 y las 10:00, durante el 168 Período Ordinario de Sesiones.
Previamente, la Corte IDH exigió al Estado peruano que presente, antes del 12 de junio, sus observaciones sobre la solicitud de medidas provisionales formulada por los familiares de las víctimas.
Cidh Ley de Amnistia by Ricardo Rafael Mc Cubbin García on Scribd
Este pedido fue presentado por organizaciones orientadas a la defensa de derechos humanos, como la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), Instituto de Defensa Legal (IDL), la Comisión de Derechos Humanos (Comisedh), la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh).
“Por medio de la presente se acusa recibo a la representación de las víctimas del escrito del 7 de junio de 2024 (...) siguiendo las instrucciones de la presidenta de la Corte y en aplicación del artículo 27.5 del reglamento del Tribunal, se solicita al Estado y a la Comisión IDH que, a más tardar el 12 de junio 2024, presenten sus observaciones a esta solicitud de medidas provisionales”, se lee en el documento que reveló el abogado Carlos Rivera Paz, del Instituto de Defensa Legal, el sábado 8 de junio.
A través de un comunicado, la Junta de Fiscales Supremos emitió un comunicado donde rechazan el proyecto de ley. “Resulta inviable jurídicamente, toda vez que la acción penal y sanción por los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra son imprescriptibles, con lo cual se generaría impunidad y vulneración al derecho a la verdad de los agraviados y sus familiares”, expresan en el texto.

Pleno del Congreso aprobó Ley de Amnistía
La ‘Ley de Amnistía’ aprobada por el Pleno del Parlamento plantea precisar la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana.
La principal controversia que envuelve esta normativa es que podría beneficiar a miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP), de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y funcionarios que estuvieron implicados en casos de violaciones de derechos humanos durante la época del conflicto armado interno, es decir, entre 1980 y 2000. Se podrían acoger a esta amnistía las personas que no tengan una sentencia firme

En el caso del exdictador Alberto Fujimori, su abogado, Elio Riera, afirmó que de aprobarse en segunda votación en el Pleno, la defensa solicitará inmediatamente la aplicación en el caso Pativilca.
“Definitivamente, si esta ley se aprueba, tendremos que solicitar la aplicación, porque la ley es de obligatorio cumplimiento. No queda otra alternativa más que para la sala o el juzgado realizar el cumplimiento de la ley”, dijo, de acuerdo a Caretas.
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