
El viernes 10 de mayo, el Gobierno de Perú aprobó el Decreto Supremo 009-2024, que incluye categorías de identidad de género y orientación sexual dentro de las clasificaciones de trastornos mentales. Esta normativa —firmada por la presidenta Dina Boluarte; el ministro de Salud, César Vásquez; y el ministro de Economía y Finanzas, José Arista— ha generado un amplio rechazo por colocar a las identidades trans como condiciones de salud mental.
En medio de la ola de rechazo, el Ministerio de Salud (Minsa) intentó justificar esta acción al argumentar que la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10), de la Organización Mundial de la Salud (OMS), también considera dicha clasificación. Sin embargo, no se refirió a que la misma data de 1992 y que actualmente ya se trabaja con una posterior, en la que no se patologiza a la diversidad.
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Impacto del decreto para la comunidad LGBT+
El Gobierno de Dina Boluarte ha mantenido su silencio y no ha dado indicios de modificar el Plan Esencial de Aseguramiento de Salud (PEAS), lo que ha generado preocupación entre los miembros de la comunidad LGBTQIA+ en Perú.

La última actualización correspondió al Decreto Supremo 009-2024, que establece qué enfermedades forman parte de las clasificaciones de trastornos mentales, según explicó Shely Cabrera, responsable de Incidencia del Programa de Sexualidad y Autonomía Física de la organización feminista Manuela Ramos.
La reciente normativa modificó una anterior, realizada en 2021, y agregó nuevas categorías con base en el CIE-10, de 1992. No obstante, este sistema ha sido superado por el CIE-11 del 2019, vigente desde 2022, que no considera las diversidades sexuales y de género como enfermedades o trastornos.
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De acuerdo con Cabrera, aunque el Gobierno de Boluarte ha aprobado la promulgación del decreto, fue el Ministerio de Salud (Minsa) la entidad que dio luz verde a la propuesta. Esta decisión resulta condenable, ya que contradice la normatividad internacional actual y patologiza las diversidades sexuales de las siguientes formas:
- Impulsará la difusión de discursos de odio que atentan contra la dignidad de la comunidad LGBTQIA+, ya que grupos discriminatorios se podrán basar en la ley al decir que es una enfermedad.
- Limitará el acceso a los servicios de salud requeridos para sus identidades.
- En el caso de las personas trans, no serán respetadas y se las expondrá a ser llamadas por su nombre social, que no se considere su pronombre y que no se les reconozca uno de los derechos más básicos, que es la identidad.
- Estarán expuestas a ser sometidas a cualquiera de los Esfuerzos por Cambiar la Orientación Sexual e Identidad o Expresión de Género (ECOSIEG), como las terapias de conversión.
Advierten casos de discriminación

Por su parte, en conversación con Infobae Perú, Fhran Medina, abogado con maestría en derechos humanos y presidente de la organización Más Igualdad, dio a conocer que la implementación del Decreto Supremo 009-2024 ya está generando consecuencias directas, ya que desde la ONG que representa han recibido denuncias de discriminación de género y orientación sexual en ámbitos educativos y laborales, principalmente contra personas de la comunidad trans.
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En medio de este panorama, el abogado también anunció una convocatoria inicial para un plantón en las afueras del Minsa, bajo el lema ‘¡𝗠𝗶 𝗗𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗮 𝗹𝗮 s𝗮𝗹𝘂𝗱 𝗻𝗼 𝗲𝘀 𝘂𝗻𝗮 e𝗻𝗳𝗲𝗿𝗺𝗲𝗱𝗮𝗱!’. El evento se realizó desde las 3.00 p.m. el último viernes 17 y contó con la presencia de una gran cantidad de miembros de la comunidad LGBTQIA+.
Respuesta de la ciudadanía

Además del plantón, Medina había informado sobre la conformación de una coordinadora nacional de varias organizaciones de todas las regiones de Perú para abordar estrategias que permitan abordar este tema. Entre estas se incluyó una posible llegada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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El especialista recordó que, de obtener una respuesta favorable por parte de estas instancias internacionales, Perú estaría obligado a cumplir. Destacó que el país ya ha sido sancionado por la Corte Interamericana en dos ocasiones: “en el caso Azul y en el caso Cristian Olivera”, concluyó.
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