
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento anunció que se aprobó una nueva convocatoria para otorgar el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) en varios distritos de las regiones Lima y Ayacucho. Esta medida beneficiará solo a 96 personas que han perdido sus hogares o cuyas viviendas fueron declaradas inhabitables frente a los deslizamientos reportados durante el primer semestre del año.
Las disposiciones fueron oficializadas mediante las Resoluciones ministeriales N.° 171-2024-VIVIENDA y N.° 172-2024-VIVIENDA. En la provincia de Lima se ha considerado a cuatro distritos y en Ayacucho a dos jurisdicciones, así informó la gestión de Hania Pérez de Cuéllar.
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De esta manera, se aprueba una sexta y séptima convocatoria para responder ante los impactos de los fenómenos climatológicos para que los afectados puedan alquilar un espacio. Por ello, las familias que accedan a este beneficio tendrán un subsidio de S/500.

¿Qué distritos se verán beneficiados en el bono 2024?
En el departamento de Lima se ha considerado a cuatro distritos de dos provincias. Estas son:
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- San Martín de Porres (Lima Metropolitana)
- Lincha (Yauyos)
- Putinza (Yauyos)
- Huancaya (Yauyos)
Mientras que en el departamento de Ayacucho:
- Ayna (La Mar)
- Vilcanchos (Víctor Fajardo)

¿Cómo saber si soy beneficiario del bono de vivienda 2024?
Las personas que se verán beneficiadas serán las que se determinó que su vivienda se encuentra en un estado de colapso o inhabitable. Esta debe ser validada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo.
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Esta nueva convocatoria alcanza solo para las personas que residen en los siguientes lugares y de acuerdo con la evaluación de la entidad.
- El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/500, la cual se entregará de manera mensual por un periodo máximo de dos años para los distritos de Lima y Ayacucho.
- La relación de potenciales beneficiarios se publica al día siguiente de la publicación de la presente resolución en la página del gobierno y de la entidad, como también en los locales de las municipalidades.
- Para la presentación de documentos necesarios, se deberán entregar en las sedes municipales detalladas o en el centro de atención al ciudadano del Ministerio de Vivienda para la validación correspondiente.
Este ministerio y el Fondo MiVivienda son las entidades encargadas de la gestión de este bono. El objetivo es facilitar la reubicación rápida de familias afectadas por emergencias, asegurando su acceso a una vivienda temporal.
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¿Qué documentos debo presentar para el bono de Vivienda?
Es importante que los potenciales beneficiarios, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación, deben presentar los siguientes documentos:
- Solicitud de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias.
- Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen (Lima o Ayacucho).
- El contrato de alquiler de la vivienda, el cual debe tener la firma de quien cede el inmueble y quien lo ocupa, suscrito y legalizadas ante notario público.
- La declaración jurada de los suscribientes del contrato, donde se detalle el impedimento económico para la legalización de firmas.
En este caso, serán los gobiernos locales los encargados del procedimiento para identificar y verificar las viviendas que son consideradas con daños estructurales severos. Luego, gestionan el apoyo económico a través del ministerio para ofrecer una solución temporal.
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Asimismo, se debe considerar que las familias podrían perder su derecho si presentan la solicitud fuera del plazo establecido. El cómputo del plazo para el otorgamiento de este subsidio comienza con el primer cobro en el Banco de la Nación.
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