“Damos inicio a un canal de comunicación directa desde la Presidencia de la República”, dijo Fredy Hinojosa a través de un video publicado en las redes sociales. De esta manera, el flamante jefe del Gabinete Técnico se presentó y plantó distintas dudas entre la población, las cuales el premier Gustavo Adrianzén intentó disipar.
En diálogo con RPP Noticias, mencionó que tal como se precisa en la carta magna, después de la jefa de Estado, él es el portavoz autorizado por el Gobierno. “Eso no va a cambiar, es un mandato constitucional”, precisó.
¿Cuál es la función de Fredy Hinojosa?
El titular de la Presidencia del Consejo de Ministros adelantó que la función de Fredy Hinojosa es “anunciar las actividades que diariamente desarrolle la jefa de Estado”.
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“Se nos critica que no comunicamos, que no lo hacemos bien y que falta transparencia, pues Hinojosa viene a contribuir en este esfuerzo de transparencia y mejor comunicación”, explicó Adrianzén.

¿Quién es Fredy Hinojosa?
Fredy Hinojosa, recientemente nombrado portavoz de la Presidencia de la República, ha sido parte de diversos programas gubernamentales a lo largo de los últimos años.
Entre sus roles más notorios, se encuentra la dirección ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, ubicándose también en posiciones de relevancia dentro del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (Pronaa).
Su carrera profesional abarca igualmente significativas contribuciones al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y al Programa de Capacitación Laboral Juvenil (Projoven), entre otras asignaciones.
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En el ámbito académico, Hinojosa ha consolidado su formación como abogado y licenciado en Administración, siendo la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa el pilar inicial de sus estudios superiores. Su formación se ha enriquecido con una maestría en la Pontificia Universidad Católica del Perú, además de avanzar en sus estudios de doctorado en Derecho y Ciencias Políticas en la prestigiosa Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

¿Cuál fue su primer pronunciamiento?
Al concluir su primer pronunciamiento como vocero del Ejecutivo en el Palacio de Gobierno, Fredy Hinojosa comentó acerca del veredicto emitido por el Tribunal Constitucional, el cual desestimó la demanda presentada por un colectivo de congresistas. Dicha demanda tenía como objetivo anular la ley que autoriza a la presidenta Dina Boluarte a despachar virtualmente desde el exterior.
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Hinojosa calificó el fallo del máximo representante de la carta magna como un dictamen “conforme a las normativas legales establecidas”. Es importante señalar que esta resolución contó con el apoyo mayoritario de los miembros del Tribunal Constitucional. Como resultado de esta decisión, la presidenta Boluarte Zegarra continuará ejerciendo sus responsabilidades como jefa de Estado de manera virtual, siempre que cuente con el consentimiento previo del Congreso.
“Queremos saludar la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional al emitir un pronunciamiento ajustado a derecho, declarando constitucional la ley que permite a la presidenta de la República despachar de manera virtual desde el exterior cuando cumple funciones de representación previamente autorizadas por el Congreso de la República”, sostuvo.
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En la sentencia exp. 00011-2023-PI/TC, el Tribunal Constitucional mencionó que la norma se basa en la adaptabilidad de las funciones presidenciales a las circunstancias contemporáneas y la integración de la tecnología en la gestión gubernamental, sobre todo ante la falta de vicepresidentes y su falta de consideración en la Constitución.
Además, la institución advierte que, en el contexto normativo indicado, no puede considerarse inconstitucional conceder al Parlamento la potestad para evaluar “la particularidad de cada caso”. “Efectivamente, si el Congreso tiene competencia para autorizar la salida del país, no puede considerarse inconstitucional la exigencia de que el Poder Ejecutivo sustente la urgencia y necesidad de la gestión remota del despacho en dicho supuesto”, subrayó el TC.
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