
El Megapuerto de Chancay enfrenta una controversia a ocho meses de su inauguración. La Procuraduría del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) ha presentado una demanda ante el Poder Judicial contra un artículo del acuerdo realizado entre el Gobierno peruano y el consorcio mayoritariamente chino Cosco Shipping.
Como se conoce, el gran proyecto del puerto en Chancay ya presenta un avance del 76% y es el ‘caballo de batalla’ del gobierno de Dina Boluarte, promocionada con bombos y platillos por la mayoría de ministros y funcionarios de las diferentes carteras del Ejecutivo, y que planea ‘hub’ marítimo de América Latina.
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Sin embargo, esta controversia, que tiene al Gobierno demandando el acuerdo que había firmado una administración anterior en 2021, podría terminar de resolverse en un año, según reveló un reportaje de Latina. ¿Qué ha pasado con el puerto de Chancay y qué tiene que ver la Autoridad Portuario Nacional (APN)?

MTC pide anular un artículo en acuerdo de Puerto de Chancay
Como se sabe, el consorcio Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. — formado por la empresa china Cosco Shipping Ports Limited (CSPL) y la peruana Volcan Compañía Minera (con una presencia minoritaria)— se encuentra a cargo de la construcción del Megapuerto de Chancay. Sin embargo, uno de los acuerdos que firmó el Gobierno en su momento fue el de dar “exclusividad de la explotación de los servicios esenciales en la infraestructura portuaria” a este consorcio con mayoría de participación china.
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Esto motivó que la Procuraduría del MTC, representada por David Ortiz Gaspar, presentara una demanda contra este acuerdo, señalado en la Resolución de Acuerdo de Directorio 0008-2021-APN-DIR, dado que no cumpliría con el principio de legalidad adminsitrativa, en base que iría contra la libre competencia, según señala la Constitución y la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN).
- La Constitución Política señala en el artículo 61° que el estado “combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios”).
- La Ley del Sistema Portuario Nacional detalla que ”están prohibidas las prácticas que constituyan abuso de posición de dominio o que sean restrictivas de la libre competencia”.

En la resolución de este acuerdo, la Unidad de Asesoría Jurídica analizó este pedido que vino de Cosco, ”referido a la explotación exclusiva de los servicios portuarios en la infraestructura del proyecto”, e indicó que esto no se encontraba expresamente regulado en la LSPN y su Reglamento, porque se trataba de “un proyecto portuario de titularidad privada y de uso público que se está tramitando de acuerdo con el TUPA de la APN”.
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Sin embargo, la resolución resolvió que el proyecto es de interés público (”ha sido considerado en la elaboración del proyecto de Plan Nacional de Desarrollo Portuario y del Plan Maestro del Callao, que están acorde con los lineamientos de política portuaria y con el cierre de brechas”) y opinó que si no se daba este uso exclusivo “se desalentaría la inversión privada y no se podría recuperar la misma, por tanto, es jurídicamente viable que la APN, garantizando el interés general, otorgue tal exclusividad”.
Presidente del directorio de la APN se pronunció
Tras esta revelación, Walter Tapia Zanabria, presidente del directorio de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) respondió a Latina, explicando esta demanda. Tapia llamó a este acuerdo de exclusividad como un “error” que ha sido reconocido y que está siendo corregido mediante esta “una nulidad judicial”.
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Asimismo, agregó que esta “corrección” no afectaría el inicio de operaciones del puerto de Chancay, que estaba previsto para noviembre de este año. Además, el presidente del directorio de la APN, detalló que este tema se ha ido coordinando con la empresa Cosco y que esta continuará brindando servicios portuarios durante este proceso.
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